III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Sistema gasista. (BOE-A-2022-19608)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la normativa de gestión técnica del sistema gasista sobre programaciones, nominaciones, repartos, balances, la gestión y uso de las conexiones internacionales y los autoconsumos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 283

Viernes 25 de noviembre de 2022

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3.4 Balances individuales de los usuarios en AVB. De conformidad con la
Circular 2/2020, de la CNMC, para cada día de gas, en AVB se calculará un único
balance, el balance final definitivo, calculado el día después del día de gas. El balance
final definitivo (d+1) del usuario con cartera de balance en AVB se calculará conforme a
la siguiente fórmula:
Existencias finales = Existencias iniciales + Entradas – Salidas – Cesiones en AVB +
Adquisiciones en AVB
Donde:
– Existencias finales: Cantidad de gas del usuario en AVB al final del día de gas, en
kWh.
– Existencias iniciales: Cantidad de gas del usuario en AVB a comienzos del día de
gas, en kWh.
– Entradas: Reparto diario provisional (d+1) del usuario en el punto PCAS cuando se
produce una salida de PVB a AVB, en kWh.
– Salidas: Reparto d+1 del usuario en el punto PCAS cuando se produce una
entrada a PVB desde AVB, en kWh.
– Cesiones en AVB: Operaciones de venta de gas en AVB del usuario
correspondientes al día de gas, en kWh.
– Adquisiciones en AVB: Operaciones de compra de gas en AVB del usuario
correspondientes al día de gas, en kWh.
Una vez calculadas las existencias finales se evaluará el desbalance final definitivo
(d+1) del usuario. Para ello se comparan las existencias finales calculadas con la
capacidad de almacenamiento contratada por el usuario para ese día, pudiéndose
presentar tres situaciones:
a) Existencias finales negativas: el usuario presenta un desbalance final definitivo
(d+1) negativo, por un valor igual a las existencias finales calculadas inicialmente.
b) Existencias finales positivas e inferiores a la capacidad de almacenamiento del
usuario: el usuario no presenta desbalance y mantiene las existencias finales
previamente calculadas.
c) Existencias finales positivas y superiores a la capacidad de almacenamiento del
usuario: el usuario presenta un desbalance final definitivo (d+1) positivo, por un valor
igual a la diferencia entre las existencias finales calculadas y la capacidad de
almacenamiento contratada.
3.5 Calendario para la elaboración de los balances individuales de los usuarios La
elaboración de los balances individuales de los usuarios seguirá los calendarios
siguientes:

Antes del 15 de septiembre de cada año, el GTS publicará el calendario del proceso
de balances m+3 y m+15 del año de gas siguiente, con el fin de identificar y rectificar las
posibles inconsistencias que pudieran producirse en los hitos de envío y publicación de
esta información.
3.6 Prebalance del día de gas. Con carácter adicional a los balances provisional (d
+1), final provisional (m+3) y final definitivo (m+15), una vez concluido el último ciclo de
renominación del día de gas d, el GTS calculará, para dicho día de gas y para cada área
de balance (TVB, PVB y AVB), un balance de los usuarios (denominado prebalance), al

cve: BOE-A-2022-19608
Verificable en https://www.boe.es

– Balances d+1: el GTS los publicará en el SL-ATR antes de las nueve horas y
media posteriores a la finalización del día de gas.
– Balances m+3: el GTS los publicará en el SL-ATR antes del primer día laborable
del mes m+4.
– Balances m+15: el GTS los publicará en el SL-ATR, antes del primer día laborable
del mes m+16.