III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Sistema gasista. (BOE-A-2022-19608)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la normativa de gestión técnica del sistema gasista sobre programaciones, nominaciones, repartos, balances, la gestión y uso de las conexiones internacionales y los autoconsumos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 283

Viernes 25 de noviembre de 2022

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para cada día con la capacidad de almacenamiento de GNL contratada por el usuario
para ese día, pudiéndose presentar tres situaciones:
a) Existencias finales negativas: el usuario presenta un desbalance final definitivo
(m+15) negativo para ese día, por un valor igual a las existencias finales.
b) Existencias finales positivas e inferiores a la capacidad de almacenamiento de
GNL del usuario: El usuario no presenta desbalance final definitivo (m+15) para ese día
de gas.
c) Existencias finales positivas y superiores a la capacidad de almacenamiento de
GNL del usuario: El usuario tiene un desbalance final definitivo positivo (m+15) para ese
día, por un valor igual a las existencias finales menos la capacidad de almacenamiento
de GNL contratada correspondiente a ese día.
3.3 Balances individuales de los usuarios en PVB.
3.3.1 Balance diario provisional (d+1). El balance diario provisional d+1 del usuario
con cartera de balance en PVB se calculará conforme a la siguiente fórmula:
Desbalance del usuario = Entradas – Salidas – Cesiones en PVB + Adquisiciones en
PVB
Donde:

Los usuarios no tendrán existencias a su nombre en el PVB al finalizar el día de gas
(desbalance = 0), salvo que el usuario hubiera adquirido algún servicio en vigor a tal
efecto. En este caso, si el desbalance calculado según la fórmula anterior fuera positivo,
se comparará con el derecho de almacenamiento proporcionado por el servicio
adquirido. Se considerará que el usuario no presenta desbalance, si la cantidad
calculada según la fórmula anterior teniendo además en cuenta las existencias del
usuario al comienzo del día de gas, esto es, Desbalance del usuario = Existencias
iniciales + Entradas – Salidas – Cesiones en PVB + Adquisiciones en PVB, es igual o
inferior al derecho de almacenamiento. Si fuera superior, la cantidad de desbalance
calculada por la fórmula se minorará en el derecho de almacenamiento proporcionado
por el servicio adquirido.
3.3.2 Balance diario final provisional (m+3). El balance diario final provisional (m+3)
del usuario con cartera de balance en el PVB se calculará aplicando la misma fórmula
definida para el balance diario provisional (d+1), pero considerando los valores de los
repartos diarios finales provisionales (m+3).
3.3.3 Balance diario final definitivo (m+15). El balance diario final definitivo (m+15)
del usuario con cartera de balance en el PVB se calculará aplicando la misma fórmula
definida para el balance diario provisional (d+1), pero considerando los valores de los
repartos diarios finales definitivos (m+15).

cve: BOE-A-2022-19608
Verificable en https://www.boe.es

– Entradas: Reparto diario provisional (d+1) del usuario en puntos PCPR cuando se
produce una salida de TVB a PVB, PCY, PCTG, PCAS cuando se produce una salida de
AVB a PVB, PCI y PCDG, en kWh.
– Salidas: Reparto diario provisional (d+1) del usuario en puntos PCI, PCAS cuando
se produce una entrada de gas a AVB desde PVB, en los puntos PCPR cuando se
produce una entrada de gas a TVB desde PVB, y entregas de gas a consumidores, para
lo que se tendrán en consideración los repartos diarios provisionales (d+1) en PCTD,
PCDD y PCLD, en kWh.
– Cesiones en PVB: Operaciones de venta de gas en PVB del usuario
correspondientes al día de gas, en kWh.
– Adquisiciones en PVB: Operaciones de compra de gas en PVB del usuario
correspondientes al día de gas, en kWh.