III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Sistema gasista. (BOE-A-2022-19608)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la normativa de gestión técnica del sistema gasista sobre programaciones, nominaciones, repartos, balances, la gestión y uso de las conexiones internacionales y los autoconsumos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 25 de noviembre de 2022

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– QRepi, cantidad de reparto diario provisional (d+1) del usuario en punto PCDB ya
descargada durante los ‘n’ días que el buque ha estado descargando.
En el caso de que el GPD calculado sea negativo, se considerará un valor de cero.
Para un día de gas d, el GPD de un usuario será igual a la suma del GPD de todos los
buques con descarga iniciada para dicho día.
Una vez calculado el GPD, este se compara con el desbalance diario provisional (d
+1) calculado para el usuario, pudiéndose presentar dos escenarios, que podrán
modificar los valores de dicho desbalance provisional (d+1) y las existencias finales del
usuario para el día de gas d, según sigue:
a.1) El GPD supera o iguala el desbalance diario provisional (d+1) calculado: Se
considera que el usuario no presenta desbalance provisional para el día de gas d, pero
mantiene el valor de las existencias finales negativas.
a.2) El GDP no cubre la totalidad del desbalance diario provisional (d+1) calculado:
Se considera que el usuario presenta un desbalance diario provisional (d+1) igual a la
suma del desbalance diario provisional (d+1) negativo calculado inicialmente y el GDP.
b) Existencias finales positivas e iguales o inferiores a la capacidad de
almacenamiento de GNL del usuario. El usuario no presenta desbalance y mantiene las
existencias finales previamente calculadas.
c) Existencias finales d+1 positivas y superiores a la capacidad de almacenamiento
de GNL del usuario. El usuario tiene un desbalance diario provisional (d+1) positivo por
un valor igual a la diferencia entre las existencias finales calculadas y la capacidad de
almacenamiento de GNL contratada.
3.2.2 Balance diario final provisional (m+3). El balance diario final provisional (m+3)
del usuario con cartera de balance en el TVB se calculará aplicando la misma fórmula
definida para el balance diario provisional (d+1), pero considerando los valores de los
repartos diarios finales provisionales (m+3).
Una vez calculadas las existencias finales en el TVB para cada día de gas del mes
m, se evaluará, también para cada día de gas del mes m, el desbalance diario final
provisional (m+3) del usuario. Para ello se comparan las existencias finales calculadas
para cada día con la capacidad de almacenamiento de GNL contratada por el usuario
para ese día, pudiéndose presentar tres situaciones:
a) Existencias finales negativas: el usuario presenta un desbalance final provisional
(m+3) negativo para ese día de gas, por un valor igual a las existencias finales m+3.
b) Existencias finales positivas e inferiores a la capacidad de almacenamiento de
GNL del usuario: El usuario no presenta desbalance final provisional (m+3) para ese día
de gas.
c) Existencias finales positivas y superiores a la capacidad de almacenamiento de
GNL del usuario: el usuario presenta un desbalance final provisional positivo (m+3) para
ese día, por un valor igual a las existencias finales menos la capacidad de
almacenamiento de GNL contratada correspondiente a ese día.
3.2.3 Balance diario final definitivo (m+15). El balance diario final definitivo (m+15)
del usuario con cartera de balance en el TVB se calculará aplicando la misma fórmula
definida para el balance diario provisional (d+1), pero considerando los valores de los
repartos diarios finales definitivos (m+15).
Una vez calculadas las existencias finales en el TVB para cada día de gas del mes
m, se evaluará, también para cada día de gas del mes m, el desbalance diario final
definitivo (m+15) del usuario. Para ello se comparan las existencias finales calculadas

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Núm. 283