III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Sistema gasista. (BOE-A-2022-19608)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la normativa de gestión técnica del sistema gasista sobre programaciones, nominaciones, repartos, balances, la gestión y uso de las conexiones internacionales y los autoconsumos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 283

Viernes 25 de noviembre de 2022

Sec. III. Pág. 160907

– Balance diario final provisional del día de gas (balance m+3), realizado antes de la
finalización del mes m+3, con la información de los repartos diarios finales provisionales
(m+3) contenidos en el SL-ATR.
– Balance diario final definitivo del día de gas (balance m+15), realizado antes de la
finalización del mes m+15, con la información de los repartos diarios finales provisionales
(m+15) contenidas en el SL-ATR.
3.2

Balances individuales de los usuarios en TVB.

3.2.1 Balance diario provisional (d+1). El balance diario provisional (d+1) del
usuario con cartera de balance en TVB se calculará conforme a la siguiente fórmula:
Existencias finales = Existencias iniciales + Entradas – Salidas – Cesiones en TVB +
Adquisiciones en TVB
Donde:
– Existencias finales: Cantidad de GNL del usuario almacenado en TVB al final del
día de gas, en kWh.
– Existencias iniciales: Cantidad de GNL del usuario en TVB a comienzos del día de
gas, en kWh.
– Entradas: reparto diario provisional (d+1) del usuario en puntos PCDB cuando se
produce una descarga de buques, así como reparto diario provisional (d+1) en el punto
PCPR cuando se produce una entrada de gas a TVB de PVB, en kWh.
– Salidas: Reparto diario provisional (d+1) del usuario en puntos PCDB cuando se
produce una carga de planta a buque o puesta en frío de buques, reparto diario
provisional (d+1) en el punto PCPR cuando se produce una entrada de gas a PVB desde
TVB y reparto diario provisional (d+1) en puntos PCCC, en kWh.
– Cesiones en TVB: Operaciones de venta de GNL en TVB del usuario
correspondientes al día de gas, en kWh.
– Adquisiciones en TVB: Operaciones de compra de GNL en TVB del usuario
correspondientes al día de gas, en kWh.
Una vez calculadas las existencias finales del usuario, se evaluará el desbalance
diario provisional (d+1) del usuario. Para ello se comparan las existencias finales
calculadas con la capacidad de almacenamiento de GNL contratada por el usuario para
ese día, pudiéndose presentar tres situaciones:

𝑛

GPD = QNom − ∑ 𝑄𝑅𝑒𝑝𝑖
𝑖=1

Donde:
– GPD, cantidad de gas pendiente de descarga del buque del usuario.
– QNom, cantidad total a descargar del buque por el usuario.

cve: BOE-A-2022-19608
Verificable en https://www.boe.es

a) Existencias finales negativas. El usuario tiene un desbalance diario provisional (d
+1) negativo por un valor igual a las existencias finales.
No obstante, si el usuario tuviera descarga de buque iniciada, se comprobará si el
desbalance diario provisional (d+1) está cubierto por la cantidad de gas pendiente de
descargar. El gas pendiente de descarga (GPD) del usuario, se calculará para cada
buque con descarga iniciada y no finalizada, en función del día de descarga en el que se
encuentre el buque. Así, si el buque con descarga no finalizada se encuentra en su
primer día de descarga y no se ha recibido ninguna medición o reparto para dicho buque,
GPD se computará con valor cero. En caso contrario, GPD se calculará mediante la
siguiente fórmula: