III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Sistema gasista. (BOE-A-2022-19608)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la normativa de gestión técnica del sistema gasista sobre programaciones, nominaciones, repartos, balances, la gestión y uso de las conexiones internacionales y los autoconsumos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 283

Viernes 25 de noviembre de 2022

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– Mermas reales: mermas ocurridas en el conjunto de las redes de transporte del
titular durante el periodo considerado, en kWh. Se calculan como resultado de la
ecuación anterior.
2.4 Balance físico en los almacenamientos subterráneos. Se calculará un balance
por instalación, conforme a la siguiente fórmula:
Existencias iniciales + Entradas = Salidas + Existencias finales + Autoconsumos
Siendo:
– Existencias iniciales: Existencias iniciales en el almacenamiento a comienzos del
primer día de gas del periodo considerado, en kWh.
– Entradas: Inyección al almacenamiento desde la red de transporte (PCAS), en
kWh.
– Salidas: Extracción del almacenamiento a la red de transporte (PCAS), en kWh.
– Existencias finales: Existencias finales en el almacenamiento al final del último día
de gas del periodo considerado, en kWh. Se calculan como resultado de la ecuación
anterior.
– Autoconsumos: Consumos de gas en el almacenamiento, en kWh. Su determinación
se realiza conforme a lo dispuesto en el capítulo IX.
2.5 Balance físico en la red de distribución. Se calculará un balance por el conjunto
de redes de distribución de cada titular, conforme a la siguiente fórmula:
Entradas = Salidas + Mermas reales
Siendo:
– Entradas: Entradas al conjunto de las redes de distribución del titular desde la red
de transporte (PCTD), redes de distribución de otros distribuidores (PCDD) y entradas en
puntos de inyección de otros gases (PCDG), en kWh.
– Salidas: Salidas del conjunto de las redes de distribución del titular a puntos de
conexión con redes de transporte (PCTD), puntos de conexión con redes de otros
distribuidores (PCDD), puntos de conexión con líneas directas (PCLD) y suministros a
consumidores, en kWh.
– Mermas reales: Mermas ocurridas en el conjunto de las redes de distribución del
titular durante el periodo considerado, en kWh.
Balances individuales de los usuarios

3.1 Conceptos generales. El GTS realizará balances individuales para todos y cada
uno de los usuarios con cartera de balance en TVB/PVB/AVB, conforme a lo dispuesto
en la Circular 2/2020 de la CNMC. Estos balances contendrán toda la información
relativa a los repartos y nivel de existencias de los usuarios en las áreas de balance y
serán puestos a disposición de los mismos a través del SL-ATR.
Los balances individuales de los usuarios se considerarán abiertos mientras no haya
finalizado el plazo establecido para la gestión de reclamaciones de los repartos de los
usuarios y cerrados una vez finalizado el mismo.
Se realizarán los siguientes balances individuales de los usuarios, que estarán
disponibles en el SL-ATR:
– Balance diario provisional del día de gas (balance d+1), realizado el día posterior
al día de gas, con la información de los repartos diarios provisionales (d+1) contenidos
en el SL-ATR.

cve: BOE-A-2022-19608
Verificable en https://www.boe.es

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