III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Sistema gasista. (BOE-A-2022-19608)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la normativa de gestión técnica del sistema gasista sobre programaciones, nominaciones, repartos, balances, la gestión y uso de las conexiones internacionales y los autoconsumos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 283

Viernes 25 de noviembre de 2022

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objeto de determinar su nivel de riesgo de desbalance y establecer la cuantía de
garantías por desbalances establecidas en la Circular 2/2020. Dicho prebalance cumplirá
lo establecido en la citada Circular 2/2020. La información sobre el prebalance se
publicará en el SL-ATR para cada usuario lo antes posible y siempre con anterioridad a
la finalización del día de gas d.
3.6.1 Prebalance en PVB Para cada usuario y día de gas d, el prebalance en PVB
se calculará conforme a la siguiente fórmula (en kWh):
Prebalance PVB d = [Demanda + (Salidas PVB – Entradas PVB) + (Cesiones PVB –
Adquisiciones PVB) – Existencias iniciales PVB)]
Siendo:
– Demanda: Mejor estimación de la demanda del usuario:
– En los puntos PCLD: Cantidad nominada. En ausencia de nominación, se usará la
información correspondiente a la provisión de información del día de gas d (último fichero
de provisión de información enviado, que no incluye las mermas retenidas
correspondientes), según lo dispuesto en el apartado 5 de este Capítulo.
– En los puntos PCTD/PCDD: Cantidad informada correspondiente a la provisión de
información del día de gas d (último fichero de provisión de información enviado, que no
incluye las mermas retenidas correspondientes), según lo dispuesto en el apartado 5 de
este capítulo.
Los consumos se verán incrementados en las mermas correspondientes, conforme a
lo establecido en la Circular 7/2021 de la CNMC.
– Salidas PVB: Última nominación/renominación confirmada de salida desde el PVB a
conexión internacional (PCI), a planta de regasificación (PCPR), a almacenamiento
subterráneo (PCAS) y, si lo hubiera, al almacenamiento en PVB del usuario.
– Entradas PVB: Última nominación/renominación confirmada de entrada al PVB
desde conexión internacional (PCI), planta de regasificación (PCPR), almacenamiento
subterráneo (PCAS), yacimiento (PCY) e inyección de otros gases (PCTG y PCDG) y, si
lo hubiera, desde el almacenamiento en PVB del usuario. En los puntos de entrada se
descontarán las mermas reconocidas, calculadas según lo establecido en la
Circular 7/2021 de la CNMC.
– Cesiones PVB: Cantidad de gas vendido por el usuario con entrega en PVB el día
«d» y el día «d+1».
– Adquisiciones PVB: Cantidad de gas comprado por el usuario con entrega en PVB
el día «d» y el día «d+1», en kWh.
– Existencias iniciales PVB: Existencias iniciales de gas en PVB al comienzo del día
de gas; este valor será cero mientras no se desarrolle el servicio de flexibilidad de
almacenamiento en PVB.
3.6.2 Prebalance en TVB. Para cada usuario y día de gas d, el prebalance en TVB
se calculará conforme a la siguiente fórmula (en kWh):

Donde:
– Salidas TVB: Última nominación/renominación confirmada de regasificación
(PCPR), carga de buque (PCDB), puesta en frío (PCDB) y carga de cisternas (PCCC).
En los puntos de salida se descontarán las mermas reconocidas, calculadas según lo
establecido en la Circular 7/2021 de la CNMC.
– Entradas TVB: Última nominación/renominación confirmada de licuefacción virtual
(salida de PVB a planta de regasificación, PCPR) y de descarga de buque (PCDB). En

cve: BOE-A-2022-19608
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Prebalance TVB d = [(Salidas TVB – Entradas TVB) + (Cesiones TVB - Adquisiciones TVB) –
Existencias iniciales TVB)]