III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Sistema gasista. (BOE-A-2022-19608)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la normativa de gestión técnica del sistema gasista sobre programaciones, nominaciones, repartos, balances, la gestión y uso de las conexiones internacionales y los autoconsumos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 283

Viernes 25 de noviembre de 2022

Sec. III. Pág. 160894

a) Cálculo del consumo mensual Cm. Para determinar Cm se seguirán los
siguientes pasos, en función de la existencia o no de valores históricos de dicho punto de
suministro.
Si existe consumo mensual del año anterior correspondiente al mismo mes (Cm–12),
se tomará como Cm el consumo asignado al mismo mes del año de gas anterior,
incluyendo un coeficiente de corrección (CC) sobre el consumo del año de gas anterior
que represente la evolución o variación del consumo de un año respecto de otro, de
acuerdo a la información de evolución de demanda convencional publicada por el GTS.
Este coeficiente de corrección se publicará en el SL-ATR antes del 15 de septiembre.
Cm = Cm–12 x CC
Donde CC es la variación del consumo de los últimos doce meses disponibles.
En el caso de los consumidores suministrados a presión P≤4 bar con consumo anual
superior a 50.000 kWh, se aplicará un coeficiente de corrección por temperatura (Ctemp1)
sobre el consumo del año anterior que tenga en cuenta la variación del consumo por
efecto de la temperatura y la inercia térmica.
Cm = Cm–12 x Ctemp1
Ctemp1 = Xdia · C1dia + Xdia-1 · C1dia-1 + Xdia-2 · C1dia-2 +... + Xdia-7 · C1dia-7
Donde Xdia, Xdia-1, Xdia-2,..., Xdia-7 representan la importancia relativa de cada
coeficiente, definidos inicialmente con los siguientes valores, que pueden ser
modificados anualmente y serán publicados en el SL-ATR por el GTS con una antelación
mínima de un mes a su aplicación. Asimismo, el GTS también calculará y publicará el
coeficiente de corrección por temperatura (Ctemp1).
Xdia

Xdia-1

Xdia-2

Xdía-3

Xdia-4

Xdia-5

Xdia-6

Xdía-7

0,507

0,136

0,136

0,114

0,032

0,025

0,025

0,025

El término C1día-n de cada día se calculará para cada provincia como el cociente
entre los grados día (base 15) del día de gas «n» y el promedio diario de los grados día
del mismo mes del año anterior, utilizando temperaturas reales o, en su defecto, la mejor
estimación posible que se hubiera dispuesto, utilizando en ambos casos información de
la Agencia Estatal de Meteorología.

𝐶1𝑑í𝑎−𝑛 =
(

𝑔𝑟𝑎𝑑𝑜𝑠𝑑𝑖𝑎 𝑔𝑎𝑠 (𝑛) + 𝐾𝑇1
𝑁
∑𝑖=1 𝑔𝑟𝑎𝑑𝑜𝑠𝑑í𝑎_𝑑𝑖𝑎𝑟𝑖𝑜𝑠_𝑚𝑒𝑠 𝑒𝑞𝑢𝑖𝑣𝑎𝑙𝑒𝑛𝑡𝑒_𝑎ñ𝑜
𝑁

𝑎𝑛𝑡𝑒𝑟𝑖𝑜𝑟

) + 𝐾𝑇1

cve: BOE-A-2022-19608
Verificable en https://www.boe.es

Siendo N el número de días del mes y calculándose los grados día gas (n) según la
siguiente expresión: