II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-19522)
Resolución de 8 de noviembre de 2022, de la Universidad de Valladolid, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plazas de personal laboral fijo, Grupo III.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 24 de noviembre de 2022

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pudiera establecerse conforme a lo indicado en la base 5.1. El orden vendrá determinado
por la mayor puntuación obtenida en el Concurso.
Las relaciones de aspirantes incluidos en la correspondiente Bolsa de Empleo se
harán públicas una vez finalizado el proceso selectivo. Los aspirantes figurarán
relacionados por orden de prelación, identificados según lo previsto por la LOPDP y con
la referencia de los campus seleccionados que son de su interés.
3.11 A la solicitud se acompañará la siguiente documentación:
a) Los aspirantes extranjeros a que hace referencia la base 2.1.1, de la presente
convocatoria deberá presentar copia del documento acreditativo de su nacionalidad y, en
su caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y dependencia del
nacional de otro Estado con el que tengan dicho vínculo cuando esta circunstancia
proceda. Asimismo, en el supuesto de aquellos aspirantes que participen por su
condición de cónyuge, deberán presentar declaración jurada o promesa de éste de que
no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante
vive a sus expensas o está a su cargo. Los documentos que así lo precisen deberán
presentarse traducidos al español, de conformidad con la base 9.8.
Los aspirantes no residentes en España incluidos en el apartado e) de la base 2.1.1
deberán acompañar a su solicitud documento que acredite las condiciones que se
alegan.
b) Los aspirantes que en la instancia de participación no autoricen a la Universidad
de Valladolid a consultar datos con otras administraciones, a fin de verificar sus datos de
identidad y, en su caso, la condición de discapacidad, víctima del terrorismo y familia
numerosa, tendrán que presentar junto a la solicitud, copia del D.N.I. o equivalente
documento acreditativo de identidad y copia de la correspondiente documentación
acreditativa del reconocimiento de estas condiciones anteriormente señaladas, sin
perjuicio de que al final del proceso selectivo pudiera serle requerido para su definitiva
verificación esta documentación original o autenticada.
c) Formulario para la alegación de méritos y autobaremación al que se tendrá
acceso una vez iniciado el trámite de presentación de solicitudes a través de la sede
electrónica de la UVa, según lo indicado en la base 3.3. En este formulario, los méritos
serán tan solo alegados por los aspirantes sin necesidad de justificación documental,
generándose de forma automática las puntuaciones correspondientes en base a los
criterios de baremación establecidos en el Anexo I de la presente Resolución.
4.

Admisión de Aspirantes

4.1 Finalizado el plazo de presentación de instancias, en el plazo máximo de tres
meses, el Sr. Rector Magnífico de la Universidad dictará Resolución en virtud de la cual
se declararán aprobadas las Listas Provisionales de aspirantes Admitidos y Excluidos al
proceso selectivo por cada categoría y especialidad de las plazas convocadas. Junto con
esta Resolución, que será publicada en el BOCyL, figurarán los aspirantes excluidos con
indicación expresa de la causa de exclusión. Las listas certificadas completas de
aspirantes admitidos y excluidos por cada categoría y especialidad de las plazas
convocadas serán publicadas en el Tablón Electrónico de Anuncios de la Sede
Electrónica de la Universidad de Valladolid. En todo caso, al objeto de evitar errores y, en
el supuesto de producirse, de posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los
aspirantes deberán comprobar fehacientemente no sólo que no figuran recogidos en la
correspondiente relación de excluidos sino, además, que sus nombres figuran en la
pertinente relación de admitidos.
4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de ocho días hábiles,
contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución mencionada en la
base 4.1 en el BOCyL, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión o
su omisión de las relaciones de admitidos y excluidos. Los aspirantes que, dentro del
plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a

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Núm. 282