III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-19469)
Resolución de 8 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque eólico El Castillar de 70 MW y su infraestructura de evacuación, ubicado en los municipios de Torremocha del Campo y Algora (Guadalajara)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 281

Miércoles 23 de noviembre de 2022

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asegurarse su no afección, no es coincidente con áreas críticas del plan de recuperación
del águila perdicera y para el resto de especies mencionadas por las asociaciones,
especifica que o bien el número de contactos es bajo (alimoche, halcón peregrino, águila
real o avutarda) o el uso de la zona por la especie no conlleva asociado un peligro
directo de colisión o electrocución (buitre leonado). Destaca la no existencia de nidos de
grandes rapaces a menos de 3 km de los aerogeneradores.
Espacios naturales protegidos y Red Natura 2000.

Según el EsIA el proyecto no afecta directamente a ningún espacio natural protegido
ni de la Red Natura 2000, siendo el más próximo el Parque Natural «Barranco del río
Dulce», también ZEC y ZEPA, localizado a 1.700 m al norte del aerogenerador CR6.
Además, dispone de una zona periférica de protección a 1.200 metros del aerogenerador
CR7. Destaca por albergar hábitats idóneos para la nidificación de águila perdicera,
águila real, alimoche, buitre leonado y halcón peregrino. En el entorno se localizan
también la ZEC «Rebollar de Navalpotro» (a 1.700 metros de CR10); ZEC «Quejigares
de Barriopedro y Brihuela» (3.600 metros al sur de la línea de evacuación); ZEPA y ZEC
«Valle del Tajuña en Torrecuadrada» (5.800 m al sureste de CR13), que destaca por ser
lugar de nidificación de aves rupícolas como el buitre leonado, alimoche, águila real o
halcón peregrino, y albergar aves forestales, acuáticas y quirópteros; y la ZEPA y ZEC
«Valle y salinas del Salado» (11 km de CR6), con abundantes roquedos, donde nidifican
aves rupícolas, y cuevas kársticas, de alto valor para quirópteros.
El área de estudio se encuentra fuera de Áreas Importantes para las Aves (IBAs),
siendo las más cercanas la denominada «Alto Tajo y Tajuña», a unos 4.700 m al sureste
del aerogenerador CR13, y «Altos de Alcolea del Pinar» a unos 6.000 m al noreste del
aerogenerador CR6.
Aunque el área de influencia del parque eólico no es un área de alimentación para
grandes rapaces, el parque eólico puede suponer un limitante en el desplazamiento a las
áreas de alimentación. El promotor realiza un estudio de conectividad entre espacios
protegidos para el buitre leonado, el águila calzada y el aguilucho cenizo, concluyendo
que aumentan las distancias de las conexiones, aunque estas no se eliminan, por lo que
no resultan afectadas las especies estudiadas. El EsIA considera que la zona de
implantación del parque no alberga el hábitat adecuado para el desarrollo de las aves
rupícolas, observándose la mayoría ocasionalmente y en desplazamiento, por lo que tras
la aplicación de medidas preventivas y correctoras estima un impacto compatible.
La SGBTM indica que el promotor solamente ha considerado los espacios Red
Natura dentro de un buffer de 5 km sobre el proyecto, detectando afecciones sobre
ZEPAs más alejadas como «Valle y Salinas del Salado» y «Alto Tajo y Tajuña», con
presencia de aves rapaces rupícolas y forestales como el alimoche, y esteparias como la
alondra ricotí, también presentes en las IBAs mencionadas por el promotor. Afirma que el
proyecto contribuye a la fragmentación del territorio, afectando a corredores prioritarios.
Concluye que el proyecto provoca pérdidas de superficie y de calidad de hábitat de
campeo y alimentación, así como potenciales pérdidas por colisiones con los
aerogeneradores y la línea eléctrica asociada de las poblaciones de aves rapaces
rupícolas y forestales de los espacios la Red Natura 2000 situados en el entorno del
proyecto. Finalmente, cabe destacar el incremento potencial de la mortalidad por colisión
y barotrauma sobre las poblaciones de quirópteros.
El promotor recoge en la última versión del EsIA la afección a estos espacios y sus
especies asociadas, teniendo en cuenta dos de ellas (buitre leonado y águila calzada),
que considera más representativas por ubicación y número de contactos registrados,
para el análisis de afección a la conectividad entre espacios. Respecto del alimoche,
especifica que los resultados del trabajo de campo concluyen que su presencia en el
parque es escasa y ocasional. Indica que los corredores prioritarios se mantendrán, sin
afectar a las especies más abundantes y significativas.
La DGMNB indica que el parque eólico se sitúa en un eje natural conformado por el
Parque Natural del Barranco del río Dulce (también ZEC/ZEPA), ZEC del Rebollar del

cve: BOE-A-2022-19469
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