III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2022-19456)
Resolución de 25 de octubre de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación extendida por la registradora de la propiedad interina de O Barco de Valdeorras, por la que se suspende la calificación de un mandamiento derivado de un procedimiento de ejecución hipotecaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 281

Miércoles 23 de noviembre de 2022

Sec. III. Pág. 160064

M., Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de 1.ª Instancia N.º2 de O
Barco, donde se sigue Procedimiento de Ejecución Hipotecaria 63/2.016, presentado
bajo el asiento 591 del diario 42; y 2.–escritura de dación en pago parcial de deudas,
autorizada en Boadilla del Monte, el día veinticinco de Noviembre del año dos mil veinte,
ante el Notario don Gonzalo Sauca Polanco, bajo el número 5267/2.020 de su protocolo,
presentado bajo el asiento 592 diario 42. Ambos calificados con defectos todavía no
subsanados; o bien haya caducado el asiento de presentación, procediéndose a
continuación y como consecuencia de lo anterior, a la adecuada calificación de este título
ahora presentado.
Queda prorrogado el asiento de presentación de la escritura presentada bajo el
asiento 747 del diario 42, en los términos previstos en los artículos 18 LH y 432 del
Reglamento Hipotecario, hasta que se despache el referido título previo que ha sido
presentado anteriormente, o haya caducado su asiento.
Contra la presente nota (…)
O Barco de Valdeorras, veintidós de junio del año dos mil veintidós. La registradora
de la Propiedad interina Fdo. Victoria Pérez de la Cruz Martínez.»
III

«Con fecha 1/06/2022, se presentó mandamiento, expedido por el Juzgado de 1.ª
Instancia N.º 1 de O Barco de Valdeorras, ordenando la cancelación de la anotación
preventiva de embargo que pesaba sobre las fincas registrales n.º 20927 y 7222 de O
Barco, que se tramita con n.º de entrada 11802022, Asiento n.º 747 del diario 42.
Que por el Registro de la Propiedad de O Barco de Valdeorras, se ha acordado, con
notificación efectuada el día 6/07/2022, la suspensión de la calificación, por entender que
existe un título previo que debe despacharse con carácter previo.
Los asientos n.º 591 del diario 42 y n.º 592 del diario 42 han sido presentados hace
más de 60 días, sin que se hayan subsanados los defectos que presentaban, por lo que
los mismos han caducado.
El documento en base al cual se solicita la cancelación de la anotación preventiva de
embargo a favor de la entidad Master Financiación de Créditos S.L., se base en lel [sic]
mandamiento expedido en fecha 31/05/2022, por Dña. M. C. A. M., Letrada de la
Administración de justicia y del Juzgado de Primera Instancia Número uno de O Barco /
Ourense/. Dicho mandamiento, fue solicitado por la representación de esta parte
(Ejecutada en el procedimiento), al haber llegado a un acuerdo económico con la entidad
Master Financion [sic] de Créditos, por la que quedaba saldada la deuda contraída y se
levantaban las anotaciones de embargo.
Durante más de 10 años la entidd [sic] ejecutante, Master Financiación de Créditos,
no ha ejercitado ninguna acción, tendente a registrar las propiedades a su nombre,
precisamente por ese acuerdo que dio por finalizado el procedimiento por auto de
fecha 1/03/2012. Desde entonces, la reclamante es la que se ha hecho cargo de abonar
todos los gastos de IBI, seguro y mantenimiento del inmueble, sin haber sido perturbada
en su posesión, ya que de hecho era propietaria de la finca registral n.º 20927, entregada
en dación en pago al Banco Santander SA en diciembre del 2020 y la finca registral
n.º 7222 que sigue siendo de su propiedad.
Solicito (…):
Que, habiendo caducado los asientos registrales, presentados con carácter previo
al de fecha 1/06/2022, se acuerde la calificación positiva y la cancelación de la
anotación preventiva de embargo a favor de la entidad Master Financiación de
Créditos SL, ya que conforme a lo dispuesto en el auto de fecha 1/03/2012 se declaró

cve: BOE-A-2022-19456
Verificable en https://www.boe.es

Contra la anterior nota de calificación, doña F. B. A. interpuso recurso el día 4 de
agosto de 2022 en base a las siguientes alegaciones: