I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Subvenciones. (BOE-A-2022-19410)
Real Decreto 983/2022, de 22 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a los ayuntamientos de Lepe y de Moguer para impulsar la erradicación de asentamientos irregulares de personas trabajadoras temporeras en sus municipios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 23 de noviembre de 2022
Sec. I. Pág. 159816
presencia de temporeros y temporeras agravan las situaciones de discriminación en el
acceso a la vivienda, provocando asentamientos informales en los municipios cercanos a
estas zonas, siendo Lepe y Moguer dos de los núcleos urbanos más afectados en la
provincia de Huelva, la segunda con mayor peso de empleo agrícola y con mayor
número de personas en asentamientos.
Con todo, los condicionantes laborales de la población trabajadora temporera puede
generar ciertas dificultades para su inclusión social. La necesidad de estar próximos a
los terrenos de cultivo para acceder al trabajo en el momento en que el empleador lo
demanda, en función de la maduración de los frutos y la ausencia en ocasiones de
contratos de alquiler formalizados, inician una espiral de exclusión que, unida a los
factores de discriminación étnica y racial, afectan de forma transversal al acceso a la
vivienda de esta población migrante en España.
Este problema social genera consecuencias no solo para las personas que residen
en los citados asentamientos, que padecen de forma directa esta flagrante situación de
exclusión social, sino que genera, a su vez, un impacto negativo en la imagen
internacional asociada a esta actividad agrícola, de enorme relevancia económica para la
provincia de Huelva, con potenciales consecuencias en la distribución y comercialización
de los productos agrícolas, dada la creciente exigencia, en términos de huella social y
ecológica, del consumidor europeo.
Con miras a posibilitar una actuación coordinada del conjunto de las
administraciones públicas implicadas en el tratamiento de esta situación de extrema
fragilidad y de precariedad laboral se ha adoptado, el 1 de julio de 2022, el Protocolo
General de Actuación entre el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, la
Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación de la Junta de Andalucía, el
Ayuntamiento de Lepe y el Ayuntamiento de Moguer con el objetivo de impulsar la
erradicación de asentamientos irregulares de personas trabajadoras temporeras en los
municipios de Lepe y de Moguer. Este Protocolo, publicado en el BOE número 168, de
fecha 14 de julio de 2022, materializa la voluntad de las partes firmantes de actuar en la
consecución de un objetivo común, acordando impulsar una serie de acciones, tales
como la construcción o adecuación de espacios para ofrecer soluciones residenciales a
esta población; la promoción de actuaciones que faciliten la integración residencial y
sociolaboral de las personas residentes en asentamientos irregulares; la consolidación
de modelos de integración que puedan ser útiles para otros asentamientos irregulares o
para otros procesos de regeneración urbana; y el establecimiento de los mecanismos
necesarios de coordinación entre las administraciones públicas firmantes.
El marco de colaboración anteriormente señalado, resulta coherente y contribuye,
asimismo, al cumplimiento del ODS 11 –Ciudades y comunidades sostenibles– centrado en
lograr que las ciudades y los asentamientos humanos sean inclusivos, seguros, resilientes y
sostenibles, siendo una de sus metas asegurar, de aquí a 2030, el acceso de todas las
personas a viviendas y servicios básicos adecuados, seguros y asequibles. En consecuencia,
este ODS 11 se vincula estrechamente con la consecución, a su vez, de otros objetivos, tales
como el ODS 1 –Poner fin a la pobreza en todas sus formas–, el ODS 3 –Garantizar una vida
sana y promover el bienestar para todos en todas las edades–, el ODS 5 –Lograr la igualdad
de género y empoderar a todas las mujeres y las niñas–, el ODS 6 –Garantizar el acceso al
agua y al saneamiento–, el ODS 7 –Garantizar el acceso a una energía asequible, segura, y
sostenible–, el ODS 8 –Fomentar el crecimiento económico sostenido, inclusivo y sostenible,
el empleo pleno y productivo, y el trabajo decente para todos–, o el ODS 10 –Reducir la
desigualdad en y entre los países–.
La Estrategia de Desarrollo Sostenible, por su parte, en su reto país 1 afirma que la
segregación residencial que se produce en los asentamientos agrava la situación de
pobreza y desigualdad al suponer una barrera adicional en el ejercicio de derechos de
dicha población, tales como la vivienda, la seguridad, la intimidad y la propia imagen, la
salud, la formación familiar, la educación, el trabajo o la participación ciudadana, todos
ellos amparados además por nuestro actual marco constitucional. A esta segregación
residencial se suma la discriminación de carácter étnico o racial que afecta
cve: BOE-A-2022-19410
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 281
Miércoles 23 de noviembre de 2022
Sec. I. Pág. 159816
presencia de temporeros y temporeras agravan las situaciones de discriminación en el
acceso a la vivienda, provocando asentamientos informales en los municipios cercanos a
estas zonas, siendo Lepe y Moguer dos de los núcleos urbanos más afectados en la
provincia de Huelva, la segunda con mayor peso de empleo agrícola y con mayor
número de personas en asentamientos.
Con todo, los condicionantes laborales de la población trabajadora temporera puede
generar ciertas dificultades para su inclusión social. La necesidad de estar próximos a
los terrenos de cultivo para acceder al trabajo en el momento en que el empleador lo
demanda, en función de la maduración de los frutos y la ausencia en ocasiones de
contratos de alquiler formalizados, inician una espiral de exclusión que, unida a los
factores de discriminación étnica y racial, afectan de forma transversal al acceso a la
vivienda de esta población migrante en España.
Este problema social genera consecuencias no solo para las personas que residen
en los citados asentamientos, que padecen de forma directa esta flagrante situación de
exclusión social, sino que genera, a su vez, un impacto negativo en la imagen
internacional asociada a esta actividad agrícola, de enorme relevancia económica para la
provincia de Huelva, con potenciales consecuencias en la distribución y comercialización
de los productos agrícolas, dada la creciente exigencia, en términos de huella social y
ecológica, del consumidor europeo.
Con miras a posibilitar una actuación coordinada del conjunto de las
administraciones públicas implicadas en el tratamiento de esta situación de extrema
fragilidad y de precariedad laboral se ha adoptado, el 1 de julio de 2022, el Protocolo
General de Actuación entre el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, la
Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación de la Junta de Andalucía, el
Ayuntamiento de Lepe y el Ayuntamiento de Moguer con el objetivo de impulsar la
erradicación de asentamientos irregulares de personas trabajadoras temporeras en los
municipios de Lepe y de Moguer. Este Protocolo, publicado en el BOE número 168, de
fecha 14 de julio de 2022, materializa la voluntad de las partes firmantes de actuar en la
consecución de un objetivo común, acordando impulsar una serie de acciones, tales
como la construcción o adecuación de espacios para ofrecer soluciones residenciales a
esta población; la promoción de actuaciones que faciliten la integración residencial y
sociolaboral de las personas residentes en asentamientos irregulares; la consolidación
de modelos de integración que puedan ser útiles para otros asentamientos irregulares o
para otros procesos de regeneración urbana; y el establecimiento de los mecanismos
necesarios de coordinación entre las administraciones públicas firmantes.
El marco de colaboración anteriormente señalado, resulta coherente y contribuye,
asimismo, al cumplimiento del ODS 11 –Ciudades y comunidades sostenibles– centrado en
lograr que las ciudades y los asentamientos humanos sean inclusivos, seguros, resilientes y
sostenibles, siendo una de sus metas asegurar, de aquí a 2030, el acceso de todas las
personas a viviendas y servicios básicos adecuados, seguros y asequibles. En consecuencia,
este ODS 11 se vincula estrechamente con la consecución, a su vez, de otros objetivos, tales
como el ODS 1 –Poner fin a la pobreza en todas sus formas–, el ODS 3 –Garantizar una vida
sana y promover el bienestar para todos en todas las edades–, el ODS 5 –Lograr la igualdad
de género y empoderar a todas las mujeres y las niñas–, el ODS 6 –Garantizar el acceso al
agua y al saneamiento–, el ODS 7 –Garantizar el acceso a una energía asequible, segura, y
sostenible–, el ODS 8 –Fomentar el crecimiento económico sostenido, inclusivo y sostenible,
el empleo pleno y productivo, y el trabajo decente para todos–, o el ODS 10 –Reducir la
desigualdad en y entre los países–.
La Estrategia de Desarrollo Sostenible, por su parte, en su reto país 1 afirma que la
segregación residencial que se produce en los asentamientos agrava la situación de
pobreza y desigualdad al suponer una barrera adicional en el ejercicio de derechos de
dicha población, tales como la vivienda, la seguridad, la intimidad y la propia imagen, la
salud, la formación familiar, la educación, el trabajo o la participación ciudadana, todos
ellos amparados además por nuestro actual marco constitucional. A esta segregación
residencial se suma la discriminación de carácter étnico o racial que afecta
cve: BOE-A-2022-19410
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 281