I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Subvenciones. (BOE-A-2022-19406)
Real Decreto 980/2022, de 22 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención al Ayuntamiento de Olite para las obras de iluminación del Palacio Real de Olite.
10 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 281

Miércoles 23 de noviembre de 2022

Sec. I. Pág. 159788

Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
El presupuesto que se presente para la realización de las actuaciones
subvencionadas deberá contar, al menos, con los siguientes apartados:
Capítulo primero. Notas previas.–Deberá incluir: Seguros de responsabilidad civil;
estudio de seguridad y salud; estudio sobre estabilidad y estanqueidad, descripción
trabajos, trabajos preparatorios de la obras, descripción material, certificados y
homologaciones del material, mediciones para replanteo, directrices a la dirección de
obra.
Capítulo segundo. Instalación baja tensión.–Descripción del material y
cuantificación del mismo.
Capítulo tercero. Obra Civil.–Descripción de los elementos de la obra de instalación
del alumbrado.
Capítulo cuarto. Alumbrado y control.–Descripción del material de iluminación y
sistemas de control.
Capítulo quinto. Columnas.–Descripción de los sistemas de instalación, medición y
presupuestación.
Capítulo sexto. Cuadro eléctrico alumbrado.–Descripción y medición de sistemas
de mando del circuito eléctrico.
Capítulo séptimo. Caja General de Protección y Medida CPM.
Capítulo octavo. Trabajos de finalización y material de reposición.–Descripción y
medición de los trabajos de reposición de los servicios afectados por la urbanización y
material de reposición.
Programación anualidades:
Actuaciones año 2022: Elaboración documentación para licitación o encargo para la
realización de la obra.
Actuaciones año 2023: Adjudicación de la obra o encargo e inicio de la ejecución.
Actuaciones año 2024: Finalización obras y recepción.
Actuaciones año 2025: Justificación de la aplicación de la subvención.
Artículo 5.

Ejecución de las actuaciones.

1. La entidad beneficiaria de la subvención podrá concertar con terceros la
ejecución total o parcial de los proyectos mediante los procedimientos de licitación
correspondientes, otorgar subvenciones o proceder a su ejecución total o parcial a través
de encargos a medios propios, de acuerdo con los límites previstos en la Ley 9/2017,
de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
2. No podrá concertarse la ejecución de actividades a entidades incursas en alguna
de las prohibiciones del artículo 71 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, sin perjuicio de
lo previsto en el artículo 72.5 de la citada ley.
CAPÍTULO III

Artículo 6.
1.
Olite:

Actuaciones a financiar y gastos subvencionables.

Se financiarán las siguientes actuaciones para la iluminación del Palacio Real de

a) Instalación de los focos nuevos.
b) Colocación de cuadro eléctrico nuevo.
c) Realización de las canalizaciones y trabajos de instalación del tendido eléctrico
necesario.

cve: BOE-A-2022-19406
Verificable en https://www.boe.es

Financiación