III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Subvenciones. (BOE-A-2022-19479)
Orden CUD/1136/2022, de 18 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas del Consejo Superior de Deportes a entidades titulares de instalaciones deportivas con capacidad para albergar eventos internacionales para realizar obras que modernicen dichas instalaciones en cuanto a eficiencia energética, inclusión y sostenibilidad, con cargo a los fondos europeos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
27 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 281

Miércoles 23 de noviembre de 2022

Sec. III. Pág. 160254

Artículo 12. Órganos competentes para instruir y resolver el procedimiento de
concesión y órgano responsable del seguimiento.
1. El órgano competente para resolver la concesión de las ayudas reguladas en
esta Orden será la Presidencia del Consejo Superior de Deportes. El órgano instructor
del procedimiento será la Dirección General de Deportes, conforme a lo dispuesto en el
artículo 8.4.b) del Real Decreto 460/2015, de 5 de junio.
2. La Dirección General de Deportes será el órgano responsable del seguimiento
de las actuaciones financiadas.
3. Con carácter general y de acuerdo con las normas establecidas para la
prevención del fraude, todas las personas que intervengan en el procedimiento de
selección de beneficiarios y verificación del cumplimiento de condiciones reforzarán su
implicación en este objetivo a través de una declaración de ausencia de conflicto de
intereses, comprometiéndose a mantenerla actualizada en el caso de que se modifique
la situación respecto de la declaración original, motivo que les impedirá participar en el
procedimiento.
Artículo 13.

Tramitación electrónica.

1. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, la tramitación electrónica será obligatoria en todas las fases del procedimiento.
Las solicitudes, comunicaciones y demás documentación exigible relativa a los proyectos
que concurran a este apoyo financiero, serán presentadas preferentemente a través de:

2. El solicitante podrá acceder, con el certificado con el que presentó la solicitud, a
la sede electrónica antes referida donde podrá consultar los documentos presentados y
el estado de tramitación del expediente.
3. La práctica de notificaciones electrónicas se ajustará a lo previsto en el
artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
4. La publicación de las propuestas de resolución provisional y definitiva, así como
de las resoluciones de desestimación, de concesión y sus posibles modificaciones y
demás actos del procedimiento, tendrán lugar en la sede electrónica del CSD (https://
sede.csd.gob.es), y surtirá todos los efectos de la notificación practicada según lo
dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en relación con los
procedimientos de concurrencia competitiva.
5. En aquellos casos en los que tuviera lugar un procedimiento de reintegro, las
notificaciones relacionadas con dicho procedimiento se realizarán bajo la modalidad de
notificación por comparecencia electrónica, según lo establecido en el artículo 43 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre.
6. Los formularios, las declaraciones responsables y los demás documentos
electrónicos a cumplimentar en las diferentes fases del procedimiento, estarán
disponibles en la sede electrónica y deberán ser obligatoriamente utilizados cuando
proceda.
7. En aquellas fases del procedimiento en las que en aras de la simplificación
administrativa se permita la presentación de declaraciones responsables en lugar de
determinada documentación, dichas declaraciones deberán presentarse en formato
electrónico firmado electrónicamente por el declarante.
8. Los solicitantes no estarán obligados a presentar los documentos que ya obren
en poder del órgano competente para la concesión, de conformidad con lo previsto por
los artículos 28.3 y 53.1.d) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, debiéndose cumplimentar

cve: BOE-A-2022-19479
Verificable en https://www.boe.es

a) La Sede Electrónica del Consejo Superior de Deportes, accesible en la dirección
electrónica: https://sede.csd.gob.es.
b) El Punto de Acceso General, www.administracion.gob.es.
c) El Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://
rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do