III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-19379)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración ambiental estratégica del Plan Hidrológico (3.er ciclo) y del Plan de Gestión del Riesgo de inundación (2.º ciclo) de la Demarcación Hidrográfica del Ebro.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 22 de noviembre de 2022

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un 70,5% en el nuevo plan. El caso de los sistemas Jalón, Cidacos, Gállego-Cinca, y
Guadalope-Regallo es aún más reseñable, ya que sobre ellos se proponen nuevas
actuaciones relacionadas con el regadío. Según el anexo VII del estudio, el sistema
Jalón presenta un WEI+ actual de 95% que se reduciría a 83% en el nuevo plan. Sin
embargo, el anejo 6 del Plan Hidrológico señala valores actuales del 67,6% que se
incrementarían en el horizonte 2027 al 82,6%. En el Sistema Cidacos, el Plan
Hidrológico contempla un incremento significativo del WEI+, siendo en el plan actual
del 25,2% y proyectándose en el horizonte 2027 en 35,9%. Sin embargo, el estudio
indica un incremento del WEI+ actual de 31% y el del nuevo plan de 36% que no
considera significativo. En el sistema Gállego-Cinca, el WEI+ se incrementa de 45,5%
al 51,5% según el Plan, mientras que según el estudio pasa de 47% a 52%. En el
Guadalope-Regallo, el estudio describe un WEI+ del 62% en el plan vigente y 70%
en 2027. A pesar de la situación de partida de serio estrés hídrico, en los tres sistemas el
Plan plantea un incremento de las asignaciones.
El anexo VII del estudio asume que la demarcación se encuentra ante un grave
problema de escasez de recurso, pero aun así se prevé la transformación de
unas 63.176 ha en regadío, y la modernización de 118.154 ha en las que actualmente
existen dificultades para satisfacer la demanda. Ante esta previsión de incremento de la
demanda, la documentación del Plan debería completarse con una justificación detallada
de que todos los incrementos en la presión por extracciones derivados no pueden
producir un deterioro ni impedir el logro de los objetivos medioambientales en el conjunto
de masas de agua y zonas protegidas conectadas, incluidos los espacios de la Red
Natura 2000, salvo autorización excepcional al amparo de artículo 39 del Reglamento de
Planificación Hidrológica, y en su caso también al amparo del artículo 46 de la
Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y la Biodiversidad, o bien, en los casos en que
ninguna de las dos cosas pueda asegurarse, desestimar la ampliación de la asignación.
En lo relativo a la adaptación al cambio climático, en la demarcación a medio plazo
se prevé que el cambio climático reducirá las aportaciones, así como aumentará al
menos las demandas del regadío por incremento de la evapotranspiración. Para
garantizar un nivel adecuado de adaptación al cambio climático, cabe requerir en la
previsión de asignaciones para los siguientes ciclos una progresiva reducción de la
actual presión por extracciones, tomando para ello como referencia la medida en que se
prevé que se van a reducir las aportaciones por efecto del cambio climático, y
considerando respectivamente como neutrales o bien adaptados al cambio climático a
los usos que consigan una reducción de su consumo de agua en proporción al menos
igual o preferiblemente mayor que la reducción de los recursos que se espera por el
cambio climático, pues con ello no dificultan o incluso mejoran la capacidad de
adaptación al cambio climático del resto de usos del agua y de los ecosistemas
acuáticos. En sentido contrario, si a medio plazo el consumo de agua de un uso
aumenta, se mantiene o se reduce pero en menor medida de lo que se reduce el recurso
por efecto del cambio climático, entonces dificultará la adaptación al cambio climático del
resto de los usos y de los ecosistemas acuáticos.
Para apreciar los impactos sobre los ecosistemas que se pueden derivar de la forma
en que el plan ha tenido en cuenta la previsible reducción de las aportaciones por efecto
del cambio climático, se observa que mientras en 2008 la Instrucción de Planificación
Hidrológica (Tabla 7) preveía para la cuenca y para los dos siguientes ciclos un
porcentaje de disminución de la aportación natural (en ausencia de mejores modelos de
simulación hidrológica) del 5%, y que la posterior previsión de reducción de aportaciones
para 2039 del CEDEX en 2017 (Evaluación del impacto del cambio climático en los
recursos hídricos y sequías en España. Tabla 30) en comparación con los valores de la
serie larga del periodo histórico (1940-2006) indica que se reducirán entre un 5%
(escenario de emisiones RCP 4,5) y un 9% (escenario de emisiones RCP 8,5), la
previsión de asignaciones del plan para 2027 (8.623 hm3/año), en relación con las
asignaciones del plan actual (8.327 hm3/año) supone un 3,55 % de aumento. De la
comparación de los porcentajes en que se prevé que se reduzcan las aportaciones por

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