III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-19380)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración ambiental estratégica del Plan Hidrológico (3.er ciclo) y del Plan de Gestión del Riesgo de inundación (2.º ciclo) de la Demarcación Hidrográfica del Guadiana.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 22 de noviembre de 2022

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identificar las masas de agua, zonas protegidas u otros elementos de valor ambiental
afectadas por las presiones provocadas, y el impacto estratégico esperable, todo ello en
función del grado de detalle de la información disponible sobre cada medida. Se requería
presentar el resultado en forma de tablas (cuadros 3 y 4) relacionando cada actuación
con los impactos significativos que podía causar, las medidas mitigadoras incluidas en el
estudio y sus disposiciones de seguimiento ambiental. Adicionalmente, también se
requería identificar en el estudio las autorizaciones y concesiones que caducarían
durante el periodo 2022-2027, para permitir comparar ambientalmente la alternativa de
su no renovación o extinción y naturalización de las masas de agua afectadas, con la
alternativa de su prórroga, renovación o continuidad, permitiendo mejorar la
consideración de todos los intereses públicos afectados en la correspondiente toma de
decisiones.
Del análisis efectuado sobre el estudio ambiental estratégico y el programa de
medidas del plan hidrológico, se desprenden las siguientes conclusiones:
– Se han identificado 15 medidas del tipo 12 (incremento de recursos disponibles)
y 14 del tipo 19 (satisfacción de otros usos relacionados con el agua), de las que 9
medidas van dirigidas a nuevas transformaciones en regadío correspondientes a varios
sectores de la Zona Regable Centro de Extremadura (captaciones del embalse de
García de Sola) y Zona Regable del Arroyo del Campo-Los Quintos (captación del Canal
del Zújar). De entre las medidas del tipo 12 predominan actuaciones dirigidas a
incrementar el recurso disponible mediante mejora o ampliación de los sistemas de
abastecimiento a zonas de explotación deficitarias, con demandas que se encuentran
por encima del recurso disponible actual, tales como ramales desde el ATS para sistema
de distribución del Alto Guadiana, abastecimiento al Campo de Calatrava desde el
abastecimiento a la Llanura Manchega, o ampliación del túnel de San Silvestre.
– El estudio ambiental estratégico no ha evaluado las presiones que generarán o
incrementarán estas medidas para satisfacción de las demandas. En las fichas del anexo
V del estudio ambiental estratégico (fichas resumen del programa de medidas), los
campos correspondientes a las presiones asociadas, los impactos que generarán estas
medidas y los indicadores de seguimiento se encuentran sin datos. Sí se hace una
evaluación a nivel general en el capítulo 7 del estudio ambiental, pero sin profundizar en
el efecto que cada una de estas actuaciones provocará sobre los objetivos
medioambientales de cada una de las masas y zonas protegidas afectadas.
– La medida Nueva transformación a regadío de ZR de Arroyo del Campo-Los Quintos,
con captación del Canal del Zújar, supone un incremento de las extracciones del embalse
del Zújar, cuyo potencial ecológico es moderado, lo que a su vez supondrá un incremento
de la presión por extracciones a que se ve sometida la masa de agua existente
inmediatamente aguas abajo de este embalse, denominada Zújar II, considerada muy
modificada por regulación y que ya actualmente no alcanza el buen potencial ecológico,
tiene prórroga para su logro a 2027, y presenta presión significativa por extracciones de
agua para la agricultura, entre otras. Con la información disponible, no cabe sino suponer
que con dicha nueva transformación a regadío el potencial ecológico de la masa de agua
Zújar II solo puede sufrir un deterioro, por lo que se considera necesario replantear la
inclusión de esta actuación en el programa de medidas.
– Para las medidas de modificación de infraestructuras relacionadas con trasvases,
tales como los Ramales de la llanura manchega desde la ATS para el sistema Alto
Guadiana y para abastecimiento de Campo de Calatrava, o la ampliación del túnel de
San Silvestre, no se han evaluado las presiones que se provocarán en las masas de
procedencia por eventuales incrementos de los volúmenes trasvasados, ni su efecto
sobre su estado o potencial ecológico, limitándose el Apéndice 1 del Anejo 11 a indicar
que son medidas sin presiones significativas asociadas, de lo que cabe deducir que no
se contempla que dichos proyectos supongan incremento en los volúmenes
trasvasados, si bien dicho documento no indica nada al respecto. En relación con el
trasvase de recursos al Tinto-Odiel-Piedras desde el embalse del Chanza, Portugal ha
manifestado en su contestación a las consultas transfronterizas la necesidad de

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