III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-19380)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración ambiental estratégica del Plan Hidrológico (3.er ciclo) y del Plan de Gestión del Riesgo de inundación (2.º ciclo) de la Demarcación Hidrográfica del Guadiana.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 22 de noviembre de 2022

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de reducción de dicha brecha que la medida supondrá para cada masa de agua. Esto es
especialmente necesario en masas de agua subterránea en riesgo de riesgo de
incumplimiento de sus objetivos medioambientales, que requieren medidas específicas
para reducir las importantes presiones a que están sometidas, fundamentalmente por
extracciones para agricultura o contaminación difusa, no resultando evidente de la
información facilitada que las actuaciones incluidas en el programa de medidas sean
suficientes para eliminar las importantes brechas de incumplimiento a que estas masas
están sometidas. En la masa subterránea de Ayamonte, asociada a la zona protegida de
Marismas de Isla Cristina, se aprecia un elevado nivel de incertidumbre en el
cumplimiento de objetivos, apreciándose presiones por contaminantes que no se ven
contrarrestadas por actuaciones específicas a escala local, sino mediante instrumentos
generales a escala de demarcación.
– En masas superficiales sujetas a exenciones por prórroga de su cumplimiento a 2027,
se aprecia discordancia entre las presiones identificadas causantes del incumplimiento y las
medidas programadas para reducirlas, siendo medidas excesivamente generales,
correspondientes a cumplimientos de condicionalidad de subvenciones agrarias, medidas
normativas que ya resultan exigibles per se en zonas protegidas o buenas prácticas
asociadas a actividades. Únicamente se aprecian medidas específicas para reducción de la
contaminación puntual (ampliación o construcción de depuradoras) y medidas de
prevención de inundaciones. En algunos casos se observa ausencia de medidas
específicas que reduzcan las presiones de forma efectiva, lo que puede suponer un riesgo
alto de incumplimiento del OMAs para el plazo prorrogado (2027). Por ejemplo, en el río
Matachel, donde la presión por extracciones agrarias es una de las causas de que esta
masa no alcance el buen estado ecológico, no se aprecia que las medidas asociadas vayan
a garantizar su reducción, previéndose incluso en el plan un incremento en las extracciones
y en el índice el WEI+ a 2027 (masa Matachel III).
– En masas de agua incluidas en zonas protegidas se observa un déficit del nivel de
detalle en las medidas programadas para reducir específicamente las presiones que
impiden el buen estado y el cumplimiento de sus objetivos medioambientales
específicos. Es, por ejemplo, el caso del río Milagro, declarado Reserva Natural Fluvial e
incluido en la ZEC-ZEPA Montes de Toledo, que se encuentra en mal estado ecológico y
tiene prorrogados el objetivo de alcanzar el buen estado a 2027, sin existir un
diagnóstico de las presiones que afectan a sus objetivos de conservación ni incluir
medidas concretas para garantizar el buen estado ecológico en ese plazo. En estos
espacios se indica que se desarrollarán las actuaciones definidas en los instrumentos de
carácter general, a aprobar a escala de Demarcación, denominados «Mejoras
morfológicas, principalmente, en masas de agua en reservas hidrológicas y espacios
Red Natura 2000» y «Programa de mejora de la continuidad longitudinal en la cuenca
hidrográfica y en especial en la Red Natura 2000», al margen de las mejoras propuestas
sobre el conocimiento de la dinámica de sedimentos y de los efectos del régimen de
caudales ecológicos aplicado en las masas de agua.
De la información facilitada se deduce que los riesgos de provocar impactos
estratégicos significativos por los déficits y situaciones previstos en el documento de
alcance no se han evitado completamente, con lo que dichos impactos pueden tener
lugar, tanto en lo relativo a la completitud y adecuación del análisis DPSIR realizado
como a la problemática específica de las medidas que se plantean. En particular,
se aprecia:
a) Que en la caracterización del estado y potencial ecológicos de las masas de
agua no se han utilizado todos los elementos de calidad indicados al efecto por la
Directiva Marco del Agua, resultando relevante la ausencia del elemento peces en las
masas tipo río y aguas de transición, tanto naturales como muy modificadas.
Adicionalmente, los elementos de calidad biológicos mayoritariamente utilizados son
sensibles a las presiones por contaminación, pero no resultan particularmente sensibles
a las presiones por extracciones y alteración del caudal, por lo que el estado o potencial

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