III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-19378)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración ambiental estratégica del Plan Hidrológico (3.er ciclo) y del Plan de Gestión del Riesgo de inundación (2.º ciclo) de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Oriental.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 280

Martes 22 de noviembre de 2022

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medidas aplicadas y las lecciones aprendidas en eventos de inundación. No obstante,
también señalan avances como una mayor coordinación entre los planes de gestión del
riesgo de inundación y los planes hidrológicos. En este sentido, la Confederación
considera que se han dado pasos muy significativos en la prevención del riesgo de
inundación, y que se continúa trabajando en la coordinación de las distintas
administraciones como, por ejemplo, con la emisión de informes urbanísticos, siendo la
ordenación del territorio y la planificación urbanística una de las prioridades de estos
planes.
Se resume a continuación el análisis técnico realizado para cada tipo de medida,
para el ámbito de las cuencas intercomunitarias:
Medidas de prevención de inundaciones:
Medida 13.04.02. Programa de mantenimiento y conservación de cauces.
Medida 13.04.03. Programa de mantenimiento y conservación del litoral.
La información contenida en el Plan para estos dos programas es muy reducida,
básicamente consistente en la relación de la tipología de actuaciones que más
habitualmente contemplan, pero sin incluir un listado de las actuaciones concretas a
desarrollar en el periodo. La información facilitada no permite descartar que alguna de
las actuaciones que se autoricen en el contexto de estos programas no pueda causar
efectos ambientales desfavorables, por lo que se hace preciso introducir medidas de
prevención ambiental en las condiciones de esta resolución, en especial para los
proyectos que normativamente no estén sujetos a evaluación de impacto ambiental, tales
como requerir que los proyectos que afecten a espacios Red Natura 2000, espacios
naturales protegidos, áreas protegidas por instrumentos internacionales, áreas
declaradas para la protección de especies amenazadas o áreas declaradas para la
protección de especies de interés pesquero o económico directamente dependientes del
agua se elaboren en coordinación con las administraciones responsables de dichos
espacios o especies, o requerir que cada proyecto incluya un apartado con un análisis
básico de sus posibles impactos sobre los principales objetivos ambientales que pueden
resultar afectados, para permitir identificar eventuales conflictos con dichos objetivos a
las autoridades que vayan a aprobarlos. En cualquier caso, es necesario que sus
respectivos órganos sustantivos verifiquen si de acuerdo con el artículo 6 de la
Ley 21/2013 de evaluación ambiental estos programas deben ser objeto de evaluación
ambiental estratégica previamente a su aprobación.
Medidas de protección frente a inundaciones:
Restauración hidrológico-forestal y ordenación agrohidrológica.
Restauración fluvial, medidas en cauce y en llanura de inundación

La Fundación Nueva Cultura del Agua aprecia una mayor presencia de las
soluciones basadas en la naturaleza que en el ciclo anterior, aunque para éstas
considera deberían explicitar su coordinación con la Estrategia Nacional de
Infraestructura Verde y de la Conectividad y Restauración Ecológica (ENIVCRE).
Asimismo, en relación con la restauración fluvial, indica se debería prestar mayor
atención y mejorar su coordinación con el establecimiento de regímenes completos de
caudales ecológicos, específicamente para la componente de caudal generador o caudal
de crecidas. Se requiere una mejor definición de los caudales generadores y su
implementación real donde existan estructuras de regulación que permitan su liberación.
El aumento de forma controlada del número de eventos de este tipo permitiría un mejor
manejo de las avenidas, además de contribuir a una mejora de la morfología fluvial
aguas abajo. Esta mejora de la morfología fluvial permitiría en un futuro reducir los daños
por eventos de crecida más severos.
Es necesario que cada proyecto de restauración de cualquiera de los dos tipos de
medidas incluya una justificación de su adaptación a los principios de restauración

cve: BOE-A-2022-19378
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