III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-19378)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración ambiental estratégica del Plan Hidrológico (3.er ciclo) y del Plan de Gestión del Riesgo de inundación (2.º ciclo) de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Oriental.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 22 de noviembre de 2022

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caudales que pasaría a tener la masa de agua con dicho nivel de extracciones. Se
requería valorar cuantitativamente el grado de alteración hidrológica resultante (WEI+,
IAHRIS) y analizar motivadamente si ello podía provocar un deterioro del estado
ecológico original, un deterioro en el estado de conservación de las especies protegidas
o de interés comunitario o pesquero o de hábitats de interés comunitario existentes en la
masa de agua y sus riberas, o dificultar el logro de los objetivos de conservación de
espacios Red Natura 2000 u otros protegidos vinculados a la masa de agua.
C) En masas en mal estado ecológico por presión por extracciones o regulación o en
masas muy modificadas por dichas presiones, si el régimen de caudales ecológicos carece
de capacidad para aproximar el actual régimen alterado de caudales al régimen natural. En
tales casos, el régimen de caudales ecológicos no contribuiría en nada a mejorar el estado
de dichas masas de agua. Para evaluar este impacto se requería comparar en cada masa
mediante un diagrama de caudales medios mensuales: el actual régimen alterado, el
régimen natural estimado (SIMPA), las componentes del régimen de caudales ecológicos
propuesto y el régimen de caudales que resultaría tras su aplicación.
D) poder favorecer de manera diferencial a las especies exóticas invasoras frente a
las autóctonas.
El plan hidrológico del primer ciclo incluyó en su normativa regímenes de caudales
ecológicos mínimos para la totalidad de las masas de agua de la demarcación, así como
los caudales ecológicos máximos en masas de agua relacionadas con las estructuras de
regulación más significativas. Estos caudales ecológicos mínimos se determinaron, para
la parte intercomunitaria, en el marco de trabajo de «Establecimiento del régimen de
caudales ecológico y de las necesidades ecológicas de agua de las masas de agua
superficiales continentales y de transición», cuyos resultados quedaron plasmados en
una memoria y sus correspondientes anejos (Dirección General del Agua, 2010).
Para determinar el régimen de caudales ecológicos mínimos, se seleccionaron 9
masas de agua y se calcularon los caudales mínimos por métodos de modelación del
hábitat y por métodos hidrológicos, estableciéndose una relación para cada masa entre
los resultados obtenidos mediante métodos de modelación y el mínimo caudal medio
mensual, así como el valor promedio de esa relación para toda la demarcación. Por otra
parte, se estimaron en todos los finales de masa los regímenes de caudales mínimos
mediante métodos hidrológicos. Finalmente, a partir de la relación obtenida como
promedio en las masas seleccionadas entre los resultados alcanzados mediante
métodos de modelación y el mínimo caudal medio mensual, se extrapolaron a todos los
finales de masa. Por último, se obtuvo un régimen de caudales mediante el uso de
factores de variación.
Los métodos de modelación de la idoneidad de hábitat se basan en la simulación
hidráulica, acoplada al uso de curvas de preferencia del hábitat físico para la especie o
especies objetivo. Para el desarrollo de estos trabajos se utilizó la metodología IFIM
(Instream Flow Incremental Methodology) que analiza las diferentes condiciones
hidráulicas en un cauce al variar los caudales circulantes, relacionando las preferencias
de las especies seleccionadas mediante el uso de curvas, y obteniendo una relación
entre el caudal circulante y el hábitat disponible para la especie. Para el estudio se
seleccionaron 5 especies piscícolas de las 13 presentes (4 preferentes: Salmo trutta,
Salmo salar, Anguilla anguilla, Petromyzon marinus y 1 secundaria: Alosa alosa) y para
cada una de ellas un estadio vital, teniendo en cuenta el grado de amenaza, extensión y
el factor caudal.
Tras la aprobación del plan hidrológico del primer ciclo, se llevaron a cabo estudios
de perfeccionamiento del régimen de caudales ecológicos, que quedaron plasmados en
el plan hidrológico del segundo ciclo mediante la gestión adaptativa de los caudales.

cve: BOE-A-2022-19378
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Núm. 280