III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-19381)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración ambiental estratégica del Plan Hidrológico (3.er ciclo) y del Plan de Gestión del Riesgo de inundación (2.º ciclo) de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Occidental.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 22 de noviembre de 2022

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única condición de respetar este régimen de caudales ecológicos, y el nuevo régimen de
caudales que pasaría a tener la masa de agua con dicho nivel de extracciones. Se
requería valorar cuantitativamente el grado de alteración hidrológica resultante (WEI+,
IAHRIS) y analizar motivadamente si ello podía provocar un deterioro del estado
ecológico original, un deterioro en el estado de conservación de las especies protegidas
o de interés comunitario o pesquero o de hábitats de interés comunitario existentes en la
masa de agua y sus riberas, o dificultar el logro de los objetivos de conservación de
espacios Red Natura 2000 u otros protegidos vinculados a la masa de agua.
C) En masas en mal estado ecológico por presión por extracciones o regulación o
en masas muy modificadas por dichas presiones, si el régimen de caudales ecológicos
carece de capacidad para aproximar el actual régimen alterado de caudales al régimen
natural. En tales casos, el régimen de caudales ecológicos no contribuiría en nada a
mejorar el estado de dichas masas de agua. Para evaluar este impacto se requería
comparar en cada masa mediante un diagrama de caudales medios mensuales: el actual
régimen alterado, el régimen natural estimado (SIMPA), las componentes del régimen de
caudales ecológicos propuesto y el régimen de caudales que resultaría tras su
aplicación.
D) Poder favorecer de manera diferencial a las especies exóticas invasoras frente a
las autóctonas.
De acuerdo con el estudio ambiental estratégico, para el establecimiento de los
caudales ecológicos en el tercer ciclo se parte del régimen de caudales ecológicos
mínimos establecidos en el ciclo anterior, adaptándolo a la nueva delimitación de masas
de agua y cuencas vertientes. Estos caudales mínimos ya fueron calculados e incluidos
en la normativa para la totalidad de las masas de agua tipo río y aguas de transición,
tanto para la situación hidrológica ordinaria como para la situación de sequía prolongada.
También se determinaron caudales ecológicos máximos para 5 masas de agua
existentes aguas debajo de los embalses de regulación más significativos.
Para las 21 masas de agua de transición, se indica, que se han definido los caudales
mínimos en el límite con la masa costera, a partir de los datos de aportación de todas las
masas vertientes a la masa de agua de transición y su propia cuenca vertiente. En otros
aspectos de determinación del régimen de caudales ecológicos, los avances han sido
limitados.
Estos caudales mínimos ecológicos se calcularon en el marco de trabajo de
«Establecimiento del régimen de caudales ecológico y de las necesidades ecológicas de
agua de las masas de agua superficiales continentales y de transición», cuyos resultados
quedaron plasmados en una memoria y sus correspondientes anejos (Dirección General
del Agua, 2010). El estudio seleccionó 22 masas de agua en la cuenca en función de
criterios diversos en las que determinó los caudales mínimos mediante métodos
hidrológicos y de modelación del hábitat, estableciéndose una relación para cada masa
entre los resultados obtenidos mediante métodos de modelación y el mínimo caudal
medio mensual, así como el valor promedio de esa relación para toda la demarcación.
Por otra parte, se estiman en todos los finales de masa los regímenes de caudales
mínimos mediante métodos hidrológicos. Finalmente, a partir de la relación obtenida
como promedio en las masas seleccionadas entre los resultados alcanzados mediante
métodos de modelación y el mínimo caudal medio mensual, se extrapola a todos los
finales de masa y se obtiene un régimen de caudales mediante el uso de factores de
variación.
Los métodos de modelación de hábitat se basan en la simulación hidráulica,
acoplada al uso de curvas de preferencia del hábitat físico para la especie o especies
objetivo realizada con la metodología IFIM, habiéndose utilizado en el modelo 5 de las 13
de especies de peces presentes, teniendo en cuenta su grado de amenaza y
representatividad. La distribución de caudales mínimos se ha determinado ajustando los
caudales obtenidos por métodos hidrológicos al resultado de la modelación de la
idoneidad del hábitat, obteniéndose el caudal asociado al 25, 30, 50 y 80% del hábitat
potencial útil (HPU) máximo para los tramos estudiados. De acuerdo con la

cve: BOE-A-2022-19381
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Núm. 280