III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-19266)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración ambiental estratégica del Plan Hidrológico (3.er ciclo) y del Plan de Gestión del Riesgo de inundación (2.º ciclo) de la Demarcación Hidrográfica del Júcar.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 21 de noviembre de 2022

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extracción, de las cuales 32 se solapan con zonas protegidas, empeorando este
escenario a 2039 en un mayor número de masas.
Si bien se aprecia una reducción en el volumen de asignaciones en 8 de los 9
sistemas de explotación en relación con el segundo ciclo, existe un riesgo significativo de
que con estas asignaciones aún no se reduzcan en suficiente magnitud las presiones por
extracción, con un riesgo de incumplimiento de objetivos ambientales en un buen
número de masas de agua superficiales y subterráneas. Es conveniente por ello
profundizar en una revisión a la baja las asignaciones planteadas. Este reajuste se
considera particularmente necesario en los sistemas de explotación que, aun con las
medidas programadas, seguirán sometidos a un estrés hídrico severo, con índices de
explotación WEI+ superiores al 80 % (Turia, Júcar y Vinalopó-Alacantí), sin perjuicio de
que en los restantes sistemas de explotación también se debiera abordar una revisión
similar a la baja por superarse el umbral del 40 %, a excepción de los sistemas MijaresPlana de Castellón y Marina Alta. Especialmente significativos son los impactos por
presión por extracciones en las masas de aguas subterráneas del sistema VinalopóAlacantí, declarado en 2020 en riesgo de incumplimiento del buen estado cuantitativo, y
las de la Mancha Oriental, que debieran declararse en dicha situación en el presente
ciclo. Por su parte, el incremento de asignaciones del 1 % previsto en el sistema Marina
Baja no se considera conveniente, toda vez que este sistema ya parte de un WEI+
de 0,55.
En todo caso, en masas de agua superficial que no alcanzan el buen estado y
presentan presión significativa por extracciones y en masas de agua subterránea con
mal estado cuantitativo no deberían contemplarse incrementos de asignaciones ni
reservas para futuros usos que supongan un incremento neto en la presión por
extracciones, y en consecuencia un deterioro adicional del estado.
La evaluación de impactos realizada sobre las determinaciones de asignaciones y
reservas no permiten descartar impactos sobre algunas masas de agua superficial o
subterránea identificadas en riesgo de incumplimiento de sus objetivos
medioambientales, por el mantenimiento, o en algunos casos reducción insuficiente, de
la actual presión por extracciones, lo que mantendrá el actual incumplimiento. Estos
impactos son más relevantes en sistemas de explotación sometidos a estrés hídrico y en
masas de agua que sustentan especies o hábitats dependientes del agua objeto de
protección en espacios de la Red Natura 2000.
En lo relativo a la adaptación al cambio climático, en la demarcación a medio plazo
se prevé que el cambio climático reducirá las aportaciones, así como aumentará al
menos las demandas del regadío por incremento de la evapotranspiración. Para
garantizar un nivel adecuado de adaptación al cambio climático, cabe requerir en la
previsión de asignaciones para los siguientes ciclos una progresiva reducción de la
actual presión por extracciones, tomando para ello como referencia la medida en que se
prevé que se van a reducir las aportaciones por efecto del cambio climático, y
considerando respectivamente como neutrales o bien adaptados al cambio climático a
los usos que consigan una reducción de su consumo de agua en proporción al menos
igual o preferiblemente mayor que la reducción de los recursos que se espera por el
cambio climático, pues con ello no dificultan o incluso mejoran la capacidad de
adaptación al cambio climático del resto de usos del agua y de los ecosistemas
acuáticos. En sentido contrario, si a medio plazo el consumo de agua de un uso
aumenta, se mantiene o se reduce pero en menor medida de lo que se reduce el recurso
por efecto del cambio climático, entonces dificultará la adaptación al cambio climático del
resto de los usos y de los ecosistemas acuáticos.
Para apreciar los impactos sobre los ecosistemas que se pueden derivar de la forma
en que el plan ha tenido en cuenta la previsible reducción de las aportaciones por efecto
del cambio climático, se debe tener en cuenta que, por una parte, en 2008 la Instrucción
de Planificación Hidrológica (tabla 7) preveía para la cuenca y los dos siguientes ciclos
un porcentaje de disminución de la aportación natural del 9 % en ausencia de mejores
modelos de simulación hidrológica; y por otra parte en 2017, la previsión del CEDEX

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Núm. 279