III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-19266)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración ambiental estratégica del Plan Hidrológico (3.er ciclo) y del Plan de Gestión del Riesgo de inundación (2.º ciclo) de la Demarcación Hidrográfica del Júcar.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 279

Lunes 21 de noviembre de 2022

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El impacto inducido a partir de estas sustituciones de bombeos por otros recursos no ha
sido convenientemente evaluado en el estudio ambiental estratégico.
En cualquier caso, la materialización de esta asignación de 80 hm3/año de recursos
superficiales para los regadíos de la Mancha Oriental debería condicionarse a que se
haya realizado una revisión de las actuales concesiones para regadíos, garantizando la
reducción de los volúmenes concesionales adecuada al objetivo de reducción de las
extracciones previsto.
El artículo 21 de las disposiciones normativas contempla la elaboración y aprobación
en el tercer ciclo de un plan de explotación de la masa subterránea de la Mancha
Oriental, que será elaborado por el Organismo de cuenca con la participación de los
usuarios, de carácter vinculante para todos ellos, con arreglo a una serie de criterios
sobre los que este órgano ambiental realiza una serie de consideraciones fruto del
análisis técnico:
a. Dada la necesidad de asegurar el logro de un buen estado cuantitativo en 2027 y
la dependencia del estado de conservación de varios hábitats y especies objeto de
protección en los mencionados espacios Natura 2000 del caudal del Júcar y del nivel de
esta masa de agua subterránea, se considera preciso aplicar el principio de precaución y
ajustar el objetivo de índice de explotación IE en 2027 al umbral de 0,8 contemplado en
el apartado 5.2.3.1. de la Instrucción de Planificación Hidrológica.
b. Requerir que se hayan revisado las concesiones, ajustándolas al recurso
disponible y al objetivo de reducción de las extracciones establecido, como objetivo,
como condición para materializar la aplicación de recursos superficiales
complementarios.
c. Incorporar un programa de seguimiento adaptativo de los niveles del acuífero, del
caudal del Júcar y niveles de los humedales y manantiales afectados.
d. Teniendo en cuenta el comportamiento plurianual del acuífero y la naturaleza de
los aprovechamientos que en él se inscriben, se podrán introducir normas específicas
que contemplen estas circunstancias, tales como planes plurianuales y usos conjuntos
de aprovechamientos. A este respecto sería preciso que el plan de explotación incluyera
y actualizara periódicamente una serie de normas vinculantes para los usuarios que
adecuaran tanto los sistemas de cultivo como los recursos hídricos demandados a los
recursos existentes sin comprometer la sostenibilidad de su explotación y su
recuperación a unos niveles piezométricos que garanticen el buen estado cuantitativo,
con recuperación de la actual brecha de 59 hm3.
Sistema de explotación Vinalopó-Alacantí:

El sistema de explotación Vinalopó-Alacantí adolece de importantes desequilibrios
entre extracciones y recurso disponible en las principales masas del sistema de
explotación. Tal y como se indica en el diagnóstico de las masas de agua, el principal
problema en el ámbito del sistema Vinalopó-Alacantí es el mal estado cuantitativo de
gran parte de 15 de sus 21 masas de agua subterránea, presentando altos índices de
explotación, superiores a 1 en 12 de esas 15, y tendencias de descenso piezométrico
que impiden alcanzar el buen estado cuantitativo, estando 6 de ellas declaradas en
riesgo de no alcanzar el buen estado (Jumilla-Villena, Sierra de Salinas, Sierra de
Crevillente, Peñarrubia, Villena-Beneixama y Quibas). Al igual que se ha indicado para la
Mancha Oriental, el uso intensivo de recursos subterráneos en este sistema de
explotación ha supuesto una importante disminución en los niveles freáticos de las
masas de agua subterráneas que soportan mayor extracción, lo que ha afectado al
caudal de fuentes y manantiales y a la relación río-acuífero, invirtiendo el sentido del flujo
en algunos casos. En el ámbito de este sistema de explotación se ubican tanto espacios
naturales protegidos (8 parajes naturales municipales, 1 paisaje protegido, 3 parques
naturales, 1 microrreserva y 4 cuevas), 8 humedales, 5 de ellos integrados en el Registro
de Zonas Protegidas, así como varios espacios de la Red Natura 2000 (15 espacios LIC

cve: BOE-A-2022-19266
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3.1.8.3