III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-19270)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración ambiental estratégica del Plan Hidrológico (3.er ciclo) y del Plan de Gestión del Riesgo de inundación (2.º ciclo) de la Demarcación Hidrográfica del Duero.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 21 de noviembre de 2022

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Arlanza, de 0,22 a 0,23, y el sistema Tormes, que pasa de un WEI+ de 0,23 a 0,27. En el
horizonte 2027, se prevé un incremento del WEI+ de 0,29 a 0,35 en el sistema CegaEresma-Adaja, situándose próximo al riesgo severo por estrés hídrico. En este último, se
identifican además 30 masas en las que se incrementan las asignaciones y reservas del
plan del tercer ciclo frente al vigente y pueden producirse nuevos impactos, por lo que el
promotor indica que será necesario adoptar medidas de seguimiento de su estado y de
las extracciones que las afectan, que se incorporarán al programa de medidas del Plan
Hidrológico. En caso de que este seguimiento identifique tendencias negativas
significativas que denoten el empeoramiento de estas masas, esta medida debería
completarse con otras nuevas que inviertan esta tendencia, incorporando indicadores
cuantitativos de seguimiento y límites a partir de los cuales es necesario desarrollar
actuaciones específicas.
Con respecto a las aguas subterráneas, los efectos ambientales derivados de los
usos y asignaciones de recursos se miden mediante el índice de explotación (I.E), y un
valor superior a 0,8 con descenso de niveles indica mal estado cuantitativo. El promotor
realiza un análisis inicial de tendencias piezométricas en el que concluye que un total
de 22 masas no son estables y presentan descensos a lo largo del histórico de datos.
Además, en 5 masas subterráneas el I.E es superior a 0,80. En concreto, se trata de la
masa Tordesillas-Toro (I.E de 1,15), Páramo de Cuéllar (0,81), Los Arenales-Tierra de
Pinares (0,92), Los Arenales-Tierras de Medina y La Moraña (1,94) y Los Arenales-Tierra
del Vino (1,29). Aunque en ninguna de las masas de agua subterránea se prevén
incrementos de extracciones ni del I.E en 2027, en 2039 el cambio climático provocaría
una reducción de la infiltración total estimada para todas las masas subterráneas de la
demarcación del 11,7%. Por ello, en las 5 masas que ya presentan problemas de
sobreexplotación, el Plan propone medidas de tipo normativo que reducirán a largo plazo
las extracciones y mitigarán el efecto del cambio climático.
La Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla
y León solicita un mayor control de las extracciones de aguas fuera del marco legal que
permita estimar en qué medida estas extracciones constituyen un problema añadido de
relevancia para el mantenimiento de las masas. Este organismo considera que se
deberían mencionar medidas para su prevención y eliminación. En esta misma línea,
varias alegaciones solicitan que se vigilen y erradiquen estas extracciones. La
Confederación Hidrográfica del Duero señala que estas infracciones no son parte del
Plan Hidrológico y su régimen sancionador se encuentra contemplado en el artículo 116
del Texto Refundido de la Ley de Aguas. La Confederación desestima estas alegaciones
ya que, de acuerdo con el artículo 81.2 del Reglamento de Planificación Hidrológica, la
normativa del plan hidrológico no puede incorporar contenidos para los que el plan no
esté expresamente habilitado mediante una norma legal o reglamentaria.
Esta justificación no parece coherente, en tanto que el nuevo Plan recoge la
necesidad de implementar medidas normativas en el caso de las 5 masas subterráneas
que sufren sobreexplotación y en el caso de las 30 masas superficiales situadas en el
sistema de explotación Cega-Eresma-Adaja sobre las que se incrementan las
asignaciones y reservas en el nuevo Plan. Al menos, debería contemplarse un estudio
que permita esclarecer la importancia de estas extracciones en el cómputo global de
asignaciones en la demarcación y el aumento de la vigilancia para detectar
aprovechamientos no autorizados que generan impactos negativos, impiden la
consecución de los OMA e incrementan el estrés hídrico en la demarcación. De otro
modo, se podría estar sobrevalorando el estado de los sistemas de explotación,
especialmente de los que ya se presentan problemas de estrés hídrico.
Diversas alegaciones señalan que la revisión de asignaciones y reservas del nuevo
Plan Hidrológico no traslada adecuadamente los escenarios de cambio climático y, junto
con la insuficiencia del régimen de caudales ecológicos establecido, imposibilita contener
el aumento de las presiones por extracción y la disminución de la resiliencia y adaptación
de los sistemas naturales.

cve: BOE-A-2022-19270
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Núm. 279