III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-19270)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración ambiental estratégica del Plan Hidrológico (3.er ciclo) y del Plan de Gestión del Riesgo de inundación (2.º ciclo) de la Demarcación Hidrográfica del Duero.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 21 de noviembre de 2022

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El marco lógico de análisis DPSIR (drivers o usos sectoriales, presiones, estado,
impactos, respuestas) que requiere la aplicación de la Directiva Marco del Agua debe
extenderse a la determinación en el Plan de las asignaciones y reservas. Por ello, en
masas de agua que no cumplen sus objetivos medioambientales y presentan presión
significativa por extracciones, es esperable que dicho análisis concluya con la necesidad
de reducir dichas presiones, lo que previsiblemente se debe traducir en una reducción de
las asignaciones para los actuales usos y en la desestimación de reservas para futuros
nuevos usos. De la información facilitada sobre cómo se ha aplicado este enfoque sobre
cada una de las masas de agua que originalmente no cumplen sus objetivos
medioambientales y presentan presión significativa por extracciones, requiriendo de la
adopción en el plan de medidas adecuadas de respuesta, no se ha podido deducir con
claridad que las asignaciones previstas para el tercer ciclo se hayan reducido respecto a
las contempladas en el ciclo anterior, lo que hace necesario incluir en el plan información
adicional sobre cómo se ha previsto en estos casos reducir de manera efectiva la presión
significativa por extracciones (netas), o bien, en los casos en que se aprecie que su
volumen se ha mantenido en relación con el segundo ciclo aun a pesar de que la masa
no cumple sus objetivos medioambientales y presenta presión por extracciones, revisar a
la baja las asignaciones. Esta aclaración, o en su caso reajuste, resulta particularmente
necesaria en el sistema de explotación Carrión y Riaza-Duratón, cuyo índice de
explotación WEI+ supera el 40%, lo que ya denota un actual estrés hídrico severo. No
deben contemplarse en plan ni incrementos de asignaciones ni reservas para futuros
usos que afecten a masas de agua superficiales que no alcanzan el buen estado y
presentan presión significativa por extracciones, o si afectan a masas de agua
subterránea con mal estado cuantitativo. Este es el caso de la práctica totalidad de las
masas del río Cega.
En lo relativo a la adaptación al cambio climático, en la demarcación a medio plazo
se prevé que el cambio climático reducirá las aportaciones, así como aumentará al
menos las demandas del regadío por incremento de la evapotranspiración. Para
garantizar un nivel adecuado de adaptación al cambio climático, cabe requerir en la
previsión de asignaciones para los siguientes ciclos una progresiva reducción de la
actual presión por extracciones, tomando para ello como referencia la medida en que se
prevé que se van a reducir las aportaciones por efecto del cambio climático, y
considerando respectivamente como neutrales o bien adaptados al cambio climático a
los usos que consigan una reducción de su consumo de agua en proporción al menos
igual o preferiblemente mayor que la reducción de los recursos que se espera por el
cambio climático, pues con ello no dificultan o incluso mejoran la capacidad de
adaptación al cambio climático del resto de usos del agua y de los ecosistemas
acuáticos. En sentido contrario, si a medio plazo el consumo de agua de un uso
aumenta, se mantiene o se reduce pero en menor medida de lo que se reduce el recurso
por efecto del cambio climático, entonces dificultará la adaptación al cambio climático del
resto de los usos y de los ecosistemas acuáticos.
Para apreciar los impactos sobre los ecosistemas que se pueden derivar de la forma
en que el plan ha tenido en cuenta la previsible reducción de las aportaciones por efecto
del cambio climático, se observa que en 2008 la Instrucción de Planificación Hidrológica
(Tabla 7) preveía para la cuenca y para los dos siguientes ciclos un porcentaje de
disminución de la aportación natural (en ausencia de mejores modelos de simulación
hidrológica) del 6%, y que la posterior previsión de reducción de aportaciones para 2039
del CEDEX en 2017 (Evaluación del impacto del cambio climático en los recursos
hídricos y sequías en España. Tabla 30) en comparación con los valores de la serie larga
del periodo histórico (1940-2006) indica que se reducirán entre un 9% (escenario de
emisiones RCP 4,5) y un 13% (escenario de emisiones RCP 8,5).
La Memoria del Plan indica que el volumen asignado en el presente ciclo
(excluyendo la acuicultura que no consume agua) es de 3.463 hm3/año, frente a
los 3.862 hm3/año asignados en el ciclo 2016-2021, lo que supone una reducción de
asignaciones de un ciclo al otro del 10,33%. Sin embargo, el Anejo 5 del Plan indica que

cve: BOE-A-2022-19270
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Núm. 279