III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-19265)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración ambiental estratégica del Plan Hidrológico (3.er Ciclo) y del Plan de Gestión del Riesgo de Inundación (2.º Ciclo) de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Tajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 21 de noviembre de 2022

Sec. III. Pág. 158458

El informe presentado por la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de
Castilla-La Mancha refleja una situación especialmente preocupante en determinadas
masas de agua que tienen un WEI+ superior al 100%: parte del Arroyo de Martín Román
desde los Saladares de Villasequilla hasta el río Tajo, el Arroyo de San Andrés hasta el
río Tajuña, el arroyo Renales hasta el río Guadarrama, el arroyo Barcience hasta el
embalse de Castrejón, el arroyo de Guazalete, arroyo de las Cuevas hasta el río Tajo, el
arroyo de Vallehermoso, el arroyo de Camarmilla hasta el río Henares, arroyo de
Guajaraz y arroyo de la Zarzuela, además de varios embalses. Destaca además el
riesgo de impacto sobre espacios de Red Natura 2000 que no se ha evaluado en el
estudio ambiental como consecuencia del incremento del índice de explotación previsto
para 2027 en un conjunto de masas de agua que están relacionadas con ecosistemas
acuáticos de espacios de la Red Natura 2000 en Castilla-La Mancha, como puede ser el
caso del incremento del índice de explotación de los embalses de Alcorlo y el Vado y del
río Henares deteriorando el régimen de caudales de los tramos fluviales existentes
aguas abajo del río Jarama incluido en la ZEC/ZEPA Sierra de Ayllón y del Borniva y
Henares incluidos en la ZEC Riberas del Henares, sin que se evaluado el efecto del
aumento en el índice de explotación sobre sus objetivos de conservación. La
Confederación contesta que en dichas masas se programan medidas destinadas a
reducir dichas presiones y alcanzar el buen estado o potencial en 2027 o mantenerlo,
pero dichas medidas son de tipo general y no se aporta detalle de en qué medida
reducirán dicha presión ni cómo permitirán garantizar ese objetivo.
El plan incluye un importante volumen de reserva de recursos destinados a
ampliación de zonas regables en varios sistemas de explotación, como el de Cabecera
(Z.R. de Almoguera), Jarama-Guadarrama (Z.R. Real Acequia del Jarama), Tajo
Izquierda (Z.R. de Mora) o el de Alagón (Z.R. del Valle del Ambroz) cuyos efectos sobre
el estado de las masas de agua y zonas protegidas existentes aguas abajo de las
respectivas tomas no se ha evaluado, no cumpliendo algunas de ellas sus objetivos
ambientales, y habiendo sugerido algunas alegaciones la necesidad de postergar su
materialización hasta que las masas de agua afectadas alcancen el buen estado.
En lo relativo a la adaptación al cambio climático, en la demarcación a medio plazo
se prevé que el cambio climático reducirá las aportaciones, así como aumentará al
menos las demandas del regadío por incremento de la evapotranspiración. Para
garantizar un nivel adecuado de adaptación al cambio climático, cabe requerir en la
previsión de asignaciones para los siguientes ciclos una progresiva reducción de la
actual presión por extracciones, tomando para ello como referencia la medida en que se
prevé que se van a reducir las aportaciones por efecto del cambio climático, y
considerando respectivamente como neutrales o bien adaptados al cambio climático a
los usos que consigan una reducción de su consumo de agua en proporción al menos
igual o preferiblemente mayor que la reducción de los recursos que se espera por el
cambio climático, pues con ello no dificultan o incluso mejoran la capacidad de
adaptación al cambio climático del resto de usos del agua y de los ecosistemas
acuáticos. En sentido contrario, si a medio plazo el consumo de agua de un uso
aumenta, se mantiene o se reduce, pero en menor medida de lo que se reduce el
recurso por efecto del cambio climático, entonces dificultará la adaptación al cambio
climático del resto de los usos y de los ecosistemas acuáticos.
Para apreciar los impactos sobre los ecosistemas que se pueden derivar de la forma
en que el plan ha tenido en cuenta la previsible reducción de las aportaciones por efecto
del cambio climático, se observa que mientras en 2008 la Instrucción de Planificación
Hidrológica (Tabla 7) preveía para la cuenca y para los dos siguientes ciclos un
porcentaje de disminución de la aportación natural (en ausencia de mejores modelos de
simulación hidrológica) del 7%, y que la posterior previsión de reducción de aportaciones
para 2039 del CEDEX en 2017 (Evaluación del impacto del cambio climático en los
recursos hídricos y sequías en España. Tabla 30) en comparación con los valores de la
serie larga del periodo histórico (1940-2006) indica que se reducirán entre un 9%
(escenario de emisiones RCP 4,5) y un 13% (escenario de emisiones RCP 8,5), la

cve: BOE-A-2022-19265
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Núm. 279