III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CONSUMO. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2022-19122)
Resolución de 11 de noviembre de 2022, de la Secretaría General de Consumo y Juego, por la que se publica el Convenio con el Instituto de Investigación y Tecnología Agroalimentarias, por el que se instrumenta una encomienda de gestión para la colaboración en el marco del asesoramiento científico sobre bienestar animal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 19 de noviembre de 2022

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La Comisión de Seguimiento se reunirá, al menos, dos veces al año, bien mediante
reuniones presenciales o por los medios telemáticos y/o electrónicos oportunos.
Séptima. Presupuesto y pago.
La AESAN OA compensará los gastos en los que incurra IRTA vinculados al objeto
del convenio de encomienda de gestión, para participar en actividades de asesoramiento
en materia de bienestar animal. Dichos gastos se estima que no superarán el importe
total de seis mil cincuenta euros al año (6.050 euros/año).
Dicha estimación se vincula a la realización de las siguientes actividades y conforme
a los términos descritos en el anexo:
– Dar apoyo y asesoramiento científico en materia de bienestar animal y más
concretamente en los puntos indicados en el artículo 20.1 del Reglamento (CE) núm.
1099/2009.
– Facilitar a la AESAN OA los informes resultantes de la evaluación de las consultas
procedentes de las autoridades competentes.
– Comunicar a la AESAN OA la información técnica y científica y las mejores
prácticas en relación con la aplicación del mencionado Reglamento que comparta con
sus homólogos y la Comisión Europea.
La transferencia de las cantidades que se deriven de estas actividades se abonará
semestralmente, iniciándose una vez transcurridos 6 meses desde que el presente
convenio de encomienda de gestión resulte eficaz, previa presentación de la certificación
justificativa por parte de IRTA de las acciones realizadas en los 6 meses anteriores y
previa certificación por parte de la persona titular de la Subdirección General de
Promoción de la Seguridad Alimentaria, confirmando la correcta ejecución por parte de
IRTA de las actividades establecidas en el presente convenio. La cantidad
correspondiente se transferirá mediante ingreso en la cuenta bancaria que a tal efecto
designe el IRTA.
El Presupuesto de Ejecución de este convenio se sufragará con cargo a la aplicación
presupuestaria 31.101.313C.227.06 de los Presupuestos Generales del Estado de 2022,
2023 y 2024, con el siguiente desglose:
Importe

Euros

2022

3.025

2023

6.050

2024

3.025

Octava. Vigencia del convenio y modificación.
El presente convenio de encomienda de gestión resultará eficaz desde su inclusión
en la base de datos del Registro de Convenios de Colaboración y Encomiendas de
Gestión del Sector Público Estatal (RCESPE), y su publicación en el Boletín Oficial del
Estado, y se extenderá durante dos años, salvo que la AESAN OA estime extinguirla por
razones de interés general. Previo acuerdo de las partes y antes de la finalización del
mismo, este convenio de encomienda de gestión podrá prorrogarse por hasta dos años
adicionales.
El presente convenio de encomienda de gestión podrá ser modificado de mutuo
acuerdo entre las partes, mediante suscripción del oportuno acuerdo de modificación,
que deberá ser suscrito con anterioridad a la expiración del plazo de duración del mismo.

cve: BOE-A-2022-19122
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Núm. 278