III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Subvenciones. (BOE-A-2022-19120)
Orden DSA/1110/2022, de 17 de noviembre, por la que se establecen las bases y se convocan subvenciones para el apoyo a la modernización de las entidades del Tercer Sector, financiadas a cargo del Fondo Europeo de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 278

Sábado 19 de noviembre de 2022

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reguladoras de la concesión de las subvenciones y de la Orden DSA/1199/2021, de 4 de
noviembre, que se enmarcan en la Medida C22.I.1 del mismo.
En la tramitación de la presente orden ministerial se ha recabado el informe de la
Abogacía del Estado y de la Intervención Delegada en el Departamento, conforme a lo
dispuesto en el artículo 17.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el artículo 61.2
del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre.
En su virtud, dispongo:
Artículo 1. Objeto.
1. La presente orden ministerial tiene por objeto aprobar las bases reguladoras para
la concesión de subvenciones a las entidades del Tercer Sector para llevar a cabo
actuaciones de transformación digital que contribuyan a la modernización de los
servicios sociales en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y
aprobar la convocatoria correspondiente al año 2022.
2. A efectos de esta orden, se entiende por transformación digital el cambio cultural,
organizativo y operativo de una organización a través de una integración inteligente de
tecnologías, procesos y competencias digitales en todos los niveles y funciones de forma
escalonada y estratégica, cambiando fundamentalmente la forma de operar y de ofrecer
valor a las personas. Implica aprovechar las tecnologías para crear valor y nuevos
servicios para las diversas partes interesadas, innovar y adquirir las capacidades para
adaptarse rápidamente a las circunstancias cambiantes mediante un uso inteligente de
las tecnologías y la información.
Esta transformación no está enfocada únicamente a la tecnología utilizada o a incluir
herramientas puntuales en una actividad concreta de la organización, sino a utilizarla
para lograr los objetivos marcados y vinculados con la misión de la entidad,
implementando además un enfoque estratégico que conecte a personas, procesos y
tecnología para impulsar el cambio y, a efectos del objetivo de esta orden ministerial, la
modernización de los servicios sociales. Por tanto, la transformación digital contempla el
uso de la tecnología para generar nuevas formas de optimizar los procesos, el modelo
operativo y las intervenciones sociales, buscando mejorar su alcance e impacto.

1. Las ayudas objeto de esta convocatoria están financiadas por el Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea, de conformidad con el Reglamento
(UE) 2020/2094 del Consejo, de 14 de diciembre de 2020, por el que se establece un
Instrumento de Recuperación de la Unión Europea para apoyar la recuperación tras la
crisis de la COVID-19, por lo que las entidades beneficiarias deberán regirse por el
Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero
de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, demás
normas comunitarias sobre la materia y por las normas estatales de desarrollo o
trasposición de estas.
2. Estas subvenciones se regirán, además de por lo particularmente dispuesto en esta
orden ministerial, por lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones y en el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, aprobado por
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; por el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre,
por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración
Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia,
aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021; por la Orden
HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como al resto de normativa, nacional y
comunitaria reguladora del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia. En concreto, dichas actuaciones deberán
ejecutarse respetando los principios establecidos para su cumplimiento, entre los que se

cve: BOE-A-2022-19120
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 2. Régimen jurídico aplicable.