III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-19064)
Resolución de 8 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el VII Convenio colectivo del grupo Generali España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 277
Viernes 18 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 157525
Octavo.
El ejercicio del derecho a la desconexión digital se adaptará a lo establecido en el
artículo 19 del VI convenio Colectivo del Grupo Generali, sobre jornada de trabajo y su
distribución.
Asimismo el ejercicio de este derecho deberá modularse en el caso de aquellos
puestos y/o personas trabajadoras que por sus cometidos laborales deban trabajar con
clientes, proveedores y/o interlocutores internacionales con los que exista diferencia
horaria respecto a España.
Noveno.
En la Encuesta de Riesgos Psicosociales que Grupo Generali realiza bianualmente
se incluyen preguntas sobre desconexión digital adicionales a lo recogido en el modelo
oficial de Cuestionario, con finalidad preventiva, de cara a evaluar un posible impacto en
la salud laboral de las personas trabajadoras.
Las partes firmantes del presente acuerdo se comprometen a realizar un seguimiento
de la evolución de dichos indicadores y avanzar en el estudio y diseño de nuevas
medidas en el ámbito de la Prevención y Salud Laboral que eviten la fatiga tecnológica y
el estrés laboral y que garanticen la realización efectiva de las medidas sobre
desconexión digital.
Décimo.
Las partes firmantes consideran que quienes tienen responsabilidad sobre un equipo
de personas, dada su posición referente, deben ser especialmente cuidadosas en el
cumplimiento del derecho de desconexión digital, por lo que Grupo Generali promoverá
acciones formativas y de sensibilización dirigidas al colectivo de managers y
responsables de equipos.
Undécimo.
Grupo Generali garantizará que el ejercicio del derecho a la desconexión digital no
conllevará para las personas trabajadoras ningún tipo de sanción o perjuicio en su
evaluación y/o progresión profesional en Grupo Generali.
Por la Representación Empresarial Por la Sección Sindical CC.OO. de Grupo Generali
Por la Sección Sindical UGT de Grupo Generali
ANEXO VI
Acuerdo registro diario de jornada
En Madrid, siendo las 16:00 horas del día 16 de diciembre de 2020, y en los locales
de Generali España, sitos en la Calle Orense, 2 de Madrid, reunidas la Dirección de las
empresas que conforman el Grupo Generali y las Secciones Sindicales de CC.OO.
Servicios y UGT de Grupo Generali.
cve: BOE-A-2022-19064
Verificable en https://www.boe.es
Introducción
Núm. 277
Viernes 18 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 157525
Octavo.
El ejercicio del derecho a la desconexión digital se adaptará a lo establecido en el
artículo 19 del VI convenio Colectivo del Grupo Generali, sobre jornada de trabajo y su
distribución.
Asimismo el ejercicio de este derecho deberá modularse en el caso de aquellos
puestos y/o personas trabajadoras que por sus cometidos laborales deban trabajar con
clientes, proveedores y/o interlocutores internacionales con los que exista diferencia
horaria respecto a España.
Noveno.
En la Encuesta de Riesgos Psicosociales que Grupo Generali realiza bianualmente
se incluyen preguntas sobre desconexión digital adicionales a lo recogido en el modelo
oficial de Cuestionario, con finalidad preventiva, de cara a evaluar un posible impacto en
la salud laboral de las personas trabajadoras.
Las partes firmantes del presente acuerdo se comprometen a realizar un seguimiento
de la evolución de dichos indicadores y avanzar en el estudio y diseño de nuevas
medidas en el ámbito de la Prevención y Salud Laboral que eviten la fatiga tecnológica y
el estrés laboral y que garanticen la realización efectiva de las medidas sobre
desconexión digital.
Décimo.
Las partes firmantes consideran que quienes tienen responsabilidad sobre un equipo
de personas, dada su posición referente, deben ser especialmente cuidadosas en el
cumplimiento del derecho de desconexión digital, por lo que Grupo Generali promoverá
acciones formativas y de sensibilización dirigidas al colectivo de managers y
responsables de equipos.
Undécimo.
Grupo Generali garantizará que el ejercicio del derecho a la desconexión digital no
conllevará para las personas trabajadoras ningún tipo de sanción o perjuicio en su
evaluación y/o progresión profesional en Grupo Generali.
Por la Representación Empresarial Por la Sección Sindical CC.OO. de Grupo Generali
Por la Sección Sindical UGT de Grupo Generali
ANEXO VI
Acuerdo registro diario de jornada
En Madrid, siendo las 16:00 horas del día 16 de diciembre de 2020, y en los locales
de Generali España, sitos en la Calle Orense, 2 de Madrid, reunidas la Dirección de las
empresas que conforman el Grupo Generali y las Secciones Sindicales de CC.OO.
Servicios y UGT de Grupo Generali.
cve: BOE-A-2022-19064
Verificable en https://www.boe.es
Introducción