III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-19064)
Resolución de 8 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el VII Convenio colectivo del grupo Generali España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 277

Viernes 18 de noviembre de 2022
Artículo 61.

Sec. III. Pág. 157515

Diversidad, equidad e inclusión.

De acuerdo con la Estrategia de Diversidad, Equidad e Inclusión del Grupo Generali,
las partes manifiestan su compromiso en los siguientes ámbitos:
– Diversidad: mediante la promoción y el mantenimiento de un ecosistema diverso y
sostenible que fomente distintas perspectivas, culturas, orígenes y experiencias.
– Equidad: mediante la implantación de procesos y procedimientos equitativos que
aseguren que todas las personas trabajadoras puedan crecer, contribuir y desarrollarse
en la Empresa y en la sociedad.
– Inclusión, reforzando un entorno inclusivo en el que las distintas generaciones y
minorías puedan desarrollarse y progresar, con especial atención a colectivos
vulnerables o en riesgo de exclusión social.
Con estos objetivos, las Empresas vienen desarrollando planes y programas
oportunos y adecuados en estas materias, con especial atención a la igualdad de
oportunidades y el reconocimiento de los diferentes antecedentes, conocimientos,
habilidades, necesidades y experiencias de las personas que integran Generali, para
fomentar la innovación, la competitividad y la adaptación a las necesidades de nuestros
clientes diversos.
Grupo Generali tiene constituido un Comité de Diversidad, Equidad e Inclusión,
formado por personas trabajadoras de las Empresas de Grupo, representativas de su
Diversidad, que impulsan y realizan seguimiento de las iniciativas desarrolladas en estos
ámbitos, en coordinación con la función de DEI y Relaciones Laborales, y con la
Dirección de las Empresas del Grupo, sin menoscabo de las funciones atribuidas a la
Comisión de Igualdad.
Artículo 62. Respuesta de la organización ante potenciales situaciones críticas y
urgentes.
Grupo Generali España dispone de planes de contingencia para garantizar la
continuidad de negocio y la protección de las personas trabajadoras ante eventuales
situaciones críticas y urgentes, que pudieran poner en riesgo el normal desarrollo de la
actividad de las Empresas del Grupo.
Las Empresas del Grupo y las personas trabajadoras se comprometen a actuar con
un espíritu de flexibilidad, colaboración y corresponsabilidad en relación con los planes
de contingencia y continuidad de negocio implementados o que puedan implementarse
en el futuro ante este tipo de situaciones, respetando las garantías y derechos de
información legalmente establecidos de la Representación Legal de los Trabajadores.

A partir del 1 de enero de 2023, las Empresas del Grupo otorgarán a su exclusivo
cargo un «Seguro de Salud Elección» para todas las personas trabajadoras con contrato
vigente y a los integrantes de su unidad familiar que convivan con la persona
trabajadora: cónyuge e hijos e hijas de la persona trabajadora convivientes hasta los 25
años, sin tener en cuenta preexistencias, a través de un producto de asistencia sanitaria
ilimitado en cuadro médico y de reembolso de gastos con un límite de 50.000 euros.
Dicho Seguro se mantendrá durante la vigencia del presente Convenio de Grupo y se
aplicarán las retenciones fiscales y de Seguridad Social que legalmente correspondan.
Cualquier efecto derivado de la legislación que resulte aplicable y que determine un
aumento de costes, cargas o gravámenes se repercutirá tanto a la Empresa, como a las
personas trabajadoras a quienes, en su caso, les afecte, en la parte que corresponda.
Este Seguro sustituye en su integridad desde su entrada en vigor en fecha 1 de
enero de 2023 al «Seguro Salud Clinic» regulado en la Disposición Adicional Primera del
VI Convenio de Grupo.

cve: BOE-A-2022-19064
Verificable en https://www.boe.es

Disposición adicional primera.