II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DEL INTERIOR. Cuerpo Nacional de Policía. (BOE-A-2022-19025)
Resolución de 15 de noviembre de 2022, de la Dirección General de la Policía, por la que se convoca oposición libre para cubrir plazas de alumnos/as de la Escuela Nacional de Policía, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Básica, categoría de Policía, de la Policía Nacional.
36 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 277

Viernes 18 de noviembre de 2022
6.1.2

Sec. II.B. Pág. 157157

Segunda prueba (conocimientos).

La prueba consistirá en la contestación por escrito en cincuenta minutos, a un
cuestionario de cien preguntas, con un enunciado y tres alternativas de respuestas de
las que solo una es verdadera, relacionadas con el temario que figura como anexo II a la
presente convocatoria.
En la corrección se utilizará la fórmula: [A–E/(n–1)]*10/P, siendo «A» el número de
aciertos, «E» el de errores, «n» el número de alternativas de respuesta y «P» el número
total de preguntas.
Se calificará de cero a diez puntos. Únicamente serán seleccionadas para continuar
en el proceso las personas aspirantes que hayan obtenido las mejores calificaciones,
hasta llegar a 1,5 aspirantes por cada una de las 1965 plazas convocadas no reservadas
para los militares profesionales de tropa y marinería. El resto de candidatos y candidatas
quedarán excluidos del proceso.
Si hubiere varios opositores u opositoras con igual puntuación a la que determina el
número máximo de aspirantes señalado en el párrafo anterior, quedarán todos admitidos,
aunque se supere el límite indicado.
Respecto de la reserva de plazas a que se refiere el artículo 8.2 del Reglamento de
procesos selectivos y formación de la Policía Nacional, será tenida en cuenta, como nota
de corte para la superación de esta prueba, la obtenida por la última persona aspirante
que hubiera sido declarada apta en esta misma prueba respecto a las plazas no
reservadas para militares profesionales de tropa y marinería.
6.1.3

Tercera prueba.

Constará de tres partes eliminatorias:
Reconocimiento médico.

Dirigido a comprobar que no concurren en la persona aspirante ninguna de las
causas de exclusión a que se refiere el Real Decreto 326/2021, de 11 de mayo, por el
que se aprueba el cuadro médico de exclusiones para el ingreso en la Policía Nacional.
La realización de esta parte implica el consentimiento expreso de las personas
aspirantes para que los resultados del reconocimiento médico sean puestos a
disposición del tribunal calificador a los fines expresados y sirvan de fundamento para la
evaluación y calificación de la misma. La negativa a su realización comportará, previa
audiencia de la persona interesada, la exclusión y la pérdida de toda expectativa de
ingreso derivada del proceso selectivo que se convoca mediante la presente resolución.
Se aplicarán a los/as aspirantes las técnicas médicas de uso convencional que se
estimen oportunas, incluida la analítica de sangre y orina o cualquier otra que, conforme
al estado de la ciencia, se estime conveniente y esté oficialmente homologada y
autorizada para detectar el consumo de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias
psicotrópicas. Durante la realización de la prueba se podrán requerir del opositor/a
cuantos informes médicos considere el personal médico evaluador necesarios para
constatar la no concurrencia de ninguna causa de exclusión del referido Real Decreto.
Las toxicomanías a las que se refiere el apartado d) (neurología y psiquiatría), del
anexo que recoge el cuadro médico de exclusiones para ingreso en la Policía Nacional,
se evaluarán atendiendo a las recomendaciones de la SOHT (Society of Hair Testing),
que establece unas concentraciones mínimas, diferentes dependiendo del tipo de
sustancia detectada, que evidencian un consumo habitual de las mismas.
La calificación de la parte a) será de «apto/a» o «no apto/a».
6.1.3.b)

Entrevista personal.

De carácter profesional y personal, y con la finalidad de comprobar la idoneidad de cada
aspirante tomando como referencia criterios que tienen incidencia directa en la función
policial a desarrollar, será realizada por al menos una persona integrante del tribunal

cve: BOE-A-2022-19025
Verificable en https://www.boe.es

6.1.3.a)