III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-18978)
Resolución de 2 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Auto de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, sobre sentencia referida a las tablas salariales año 2022 del VII Convenio Colectivo Marco Estatal de Servicios de Atención a las Personas Dependientes y Desarrollo de la Promoción de la Autonomía Personal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 276
Jueves 17 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 156798
– Suscribir e instar la publicación de las tablas salariales correspondientes al
ejercicio de 2022 con base en lo dispuesto en dicho precepto convencional.»
Tercero.
El día 26 de octubre de 2022, la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha
remitido oficio a este centro directivo solicitando la publicación en el BOE de las tablas
salariales correspondientes al año 2022 del VII Convenio colectivo marco estatal de
servicios de atención a las personas dependientes y desarrollo de la promoción de la
autonomía personal.
Fundamentos de Derecho
Primero y único.
De conformidad con lo establecido en el artículo 2.3.b) del Real Decreto 713/2010,
de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos
de trabajo y planes de igualdad, las sentencias de la jurisdicción competente que
interpreten normas convencionales, resuelvan discrepancias planteadas en conflicto
colectivo o se dicten como consecuencia de la impugnación de un convenio colectivo
serán objeto de inscripción en los registros de convenios colectivos, acuerdos colectivos
de trabajo y planes de igualdad de las autoridades laborales competentes.
En consecuencia, esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del auto de 19 de octubre de 2022, de la Sala de lo Social de
la Audiencia Nacional, por el que se acuerda ejecutar provisionalmente la sentencia
dictada por ese Tribunal el 20 de junio de 2022 en lo relativo a la publicación de las
tablas salariales correspondientes al año 2022 del VII Convenio Colectivo Marco Estatal
de Servicios de Atención a las Personas Dependientes y Desarrollo de la Promoción de
la Autonomía Personal, en el correspondiente Registro de convenios colectivos,
acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad de este centro directivo.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 2 de noviembre de 2022.–La Directora General de Trabajo, Verónica
Martínez Barbero.
Goya 14 (Madrid).
Tfno.: 914007258.
Correo electrónico:
Equipo/usuario: MAD.
NIG: 28079 24 4 2022 0000119.
Modelo: N04150 Auto texto libre.
ETJ Ejecución de Títulos Judiciales 0000012 /2022.
Procedimiento de origen: CCO conflictos colectivos 0000117 /2022.
Sobre: Conflicto colectivo.
Auto número 70/2022.
cve: BOE-A-2022-18978
Verificable en https://www.boe.es
AUDIENCIA NACIONAL SALA DE LO SOCIAL
Núm. 276
Jueves 17 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 156798
– Suscribir e instar la publicación de las tablas salariales correspondientes al
ejercicio de 2022 con base en lo dispuesto en dicho precepto convencional.»
Tercero.
El día 26 de octubre de 2022, la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha
remitido oficio a este centro directivo solicitando la publicación en el BOE de las tablas
salariales correspondientes al año 2022 del VII Convenio colectivo marco estatal de
servicios de atención a las personas dependientes y desarrollo de la promoción de la
autonomía personal.
Fundamentos de Derecho
Primero y único.
De conformidad con lo establecido en el artículo 2.3.b) del Real Decreto 713/2010,
de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos
de trabajo y planes de igualdad, las sentencias de la jurisdicción competente que
interpreten normas convencionales, resuelvan discrepancias planteadas en conflicto
colectivo o se dicten como consecuencia de la impugnación de un convenio colectivo
serán objeto de inscripción en los registros de convenios colectivos, acuerdos colectivos
de trabajo y planes de igualdad de las autoridades laborales competentes.
En consecuencia, esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del auto de 19 de octubre de 2022, de la Sala de lo Social de
la Audiencia Nacional, por el que se acuerda ejecutar provisionalmente la sentencia
dictada por ese Tribunal el 20 de junio de 2022 en lo relativo a la publicación de las
tablas salariales correspondientes al año 2022 del VII Convenio Colectivo Marco Estatal
de Servicios de Atención a las Personas Dependientes y Desarrollo de la Promoción de
la Autonomía Personal, en el correspondiente Registro de convenios colectivos,
acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad de este centro directivo.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 2 de noviembre de 2022.–La Directora General de Trabajo, Verónica
Martínez Barbero.
Goya 14 (Madrid).
Tfno.: 914007258.
Correo electrónico:
Equipo/usuario: MAD.
NIG: 28079 24 4 2022 0000119.
Modelo: N04150 Auto texto libre.
ETJ Ejecución de Títulos Judiciales 0000012 /2022.
Procedimiento de origen: CCO conflictos colectivos 0000117 /2022.
Sobre: Conflicto colectivo.
Auto número 70/2022.
cve: BOE-A-2022-18978
Verificable en https://www.boe.es
AUDIENCIA NACIONAL SALA DE LO SOCIAL