III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2022-18965)
Resolución de 19 de septiembre de 2022, de ADIF-Alta Velocidad, por la que se publica el Convenio con la Sociedad Barcelona Sagrera Alta Velocitat, SA, para la dirección y redacción del proyecto de construcción de instalaciones de protección civil y seguridad en los túneles de la línea de alta velocidad Madrid-Barcelona-Frontera Francesa en los accesos a la estación de La Sagrera y en la zona de tratamiento técnico de trenes, la ejecución de las obras, su dirección y asistencias técnicas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 276

Jueves 17 de noviembre de 2022
Cuarta.

Sec. III. Pág. 156724

Forma de abono de las actuaciones financiadas.

Por cada certificación o documento acreditativo de la ejecución, la empresa
adjudicataria emitirá sendas facturas a nombre de cada una de las entidades, la
Sociedad Barcelona Sagrera Alta Velocidad, SA (A-63198451) y la entidad pública
empresarial ADIF-Alta Velocidad (ESQ2802152E), por el importe que resulte de la
relación valorada correspondiente a los trabajos ejecutados en los activos titularidad de
cada una de ellas, de acuerdo con la distribución de aportaciones que consta en la
cláusula Tercera del presente convenio.
En el caso de las facturas dirigidas a ADIF-Alta Velocidad, el contratista deberá
presentar las facturas en formato electrónico a través del servicio de Plataforma de
Facturación Electrónica de ADIF-Alta Velocidad. Los formatos admitidos son:
– Facturas 3.2.1
– UBL 2.1
– Edifact 01B
Protocolos de comunicación admitidos:
– AS2
– Webservices
La información necesaria para la conexión a este servicio se debe obtener mediante
petición al siguiente buzón de correo electrónico: facturae@adif.es
En el caso de las facturas dirigidas a la Sociedad Barcelona Sagrera Alta Velocidad,
SA, éstas deberán dirigirse a la siguiente dirección postal y electrónica: Barcelona
Sagrera Alta Velocidad, SA, c/ Segadors, núm 2. 5è, 08030 Barcelona. CIF A-63198451.
info@barcelonasagrera.com
Quinta. Plazo de ejecución de las actuaciones.
El plazo para la ejecución de las actuaciones será de dieciséis meses a partir de que
el presente convenio adquiera eficacia, conforme a lo dispuesto en el artículo 48.8 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.
Sexta. Modificación de los aspectos técnicos y/o económicos de las licitaciones
derivadas de este convenio.
En caso de que fuese necesario llevar a cabo una modificación de los contratos no
prevista en la documentación que rija las licitaciones, ésta sólo podrá realizarse en los
casos y con los límites establecidos en las disposiciones legales que resulten de
aplicación a los contratos y deberá contar con la conformidad previa de la sociedad.
Además, ADIF-Alta Velocidad se obligan a informar a la sociedad, con carácter
previo y de manera detallada, señalando las causas y la justificación de esa necesidad
(además del contenido, coste, condiciones de pago…).
Cumplimiento ejecución PRTR.

La percepción de los fondos PRTR se encuentra condicionada al cumplimiento de los
hitos y objetivos, teniéndose en cuenta esta circunstancia en lo que respecta a la
regulación del reintegro por parte de los beneficiarios.
La gestión y el suministro de información sobre el cumplimiento de los hitos y
objetivos del PRTR se regula respectivamente en las siguientes Órdenes Ministeriales,
Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y Orden HFP/1031/2021, de 29 de
septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a
proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el
seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable

cve: BOE-A-2022-18965
Verificable en https://www.boe.es

Séptima.