III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2022-18964)
Resolución de 16 de septiembre de 2022, de la Autoridad Portuaria de Málaga, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Cádiz, para el desarrollo de itinerarios formativos en alternancia del alumnado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 276

Jueves 17 de noviembre de 2022

Sec. III. Pág. 156699

Tercera. De la selección de los estudiantes.
La selección de los alumnos se realizará mediante el común acuerdo de todas las
partes, respetando lo establecido por el correspondiente plan de estudios y memorias de
verificación.
Cuarta.

Proyecto formativo y Plan de actividades.

Las competencias a adquirir y las actividades o tareas a realizar, así como el lugar y
las condiciones en las que se desarrollarán estos itinerarios serán concretados en el
Proyecto Formativo o Plan de Actividades (anexos I-II) que forman parte del presente
convenio, al inicio de cada una de las asignaturas o materias del plan de estudios.
La formalización de los anexos I-II será necesariamente previa a la incorporación de
los estudiantes a la APM.
Cada Proyecto Formativo (anexos I-II) de formación en alternancia incluirá la
siguiente información:
















Curso académico en el que se inicia el desarrollo del proyecto en la APM.
Titulación a la que corresponde el programa de formación en alternancia.
Datos del/de la alumno/a participante en el programa de formación en alternancia.
Entidad y lugar donde se desarrollará el proyecto formativo.
Asignatura o materia del programa de formación en alternancia.
Tutor/a académico/a del itinerario de formación en alternancia de la UCA.
Tutor/a del itinerario de formación en alternancia en la APM.
Calendario, horario y dedicación en horas al proyecto formativo en la APM.
Dedicación del tutor o de la tutora de la APM al alumnado.
Competencias a adquirir por el alumnado en la APM.
Actividades y tareas a desarrollar en la APM.
Idioma en el que se desarrollará el proyecto formativo en la APM.
Cuantía a percibir por el/la alumno/a por la formación en alternancia realizada.
Protección de datos del alumnado.
Confidencialidad.

– Curso académico en el que se inicia el desarrollo del Trabajo Fin de Máster.
– Titulación a la que corresponde el programa de formación en alternancia.
– Datos del/de la alumno/a participante en el programa de formación en alternancia.
– Entidad y lugar donde se desarrollará el Trabajo Fin de Máster.
– Denominación del Trabajo Fin de Máster a desarrollar.
– Director/a o Codirector/a del Trabajo Fin de Máster, perteneciente a la plantilla de
la APM.
– Director/a o Codirector/a del Trabajo Fin de Máster, en su caso, perteneciente a la
UCA y que deberá cumplir con lo establecido en la normativa correspondiente.
– Calendario y horario para el desarrollo del Trabajo Fin de Máster en la APM.
– Dedicación del Director/a o Codirector/a del Trabajo Fin de Máster de la APM.
– Idioma en el que se realizará el Trabajo Fin de Máster.
– Cuantía a percibir por el/la alumno/a por la formación en alternancia realizada.
– Protección de datos del alumnado.
– Propiedad intelectual/Propiedad industrial.
– Confidencialidad.
– Cada plan de actividades será suscrito por la/el estudiante, por los/as
correspondientes Codirectores/as de la APM y de la universidad.

cve: BOE-A-2022-18964
Verificable en https://www.boe.es

Cada Proyecto Formativo será suscrito por la/ el estudiante, por el/la tutor/a de la
APM y tutor/a de la universidad correspondientes.
Por su parte, el Plan de Actividades para el desarrollo y dirección del Trabajo Fin de
Máster en la APM (anexos I-II) incluirá la siguiente información: