III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2022-18982)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda de prórroga y modificación del Convenio entre la Administración General del Estado y la Comunidad de Madrid, para la ejecución de medidas cautelares de internamiento y las de régimen cerrado impuestas en sentencia o auto, dictadas por el Juzgado Central de Menores o por la Sala correspondiente de la Audiencia Nacional, en aplicación de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 276

Jueves 17 de noviembre de 2022

Sec. III. Pág. 156823

Quinto.
Las competencias u obligaciones nacidas del convenio para el Ministerio de Sanidad,
Consumo y Bienestar Social, corresponden actualmente al Ministerio de Derechos
Sociales y Agenda 2030.
Sexto.
El importe de la financiación por plaza y día no ha sufrido variación desde el
convenio firmado en el año 2018 siendo oportuno revisar y ajustar las cantidades
establecidas en la cláusula sexta del convenio actual.
ACUERDAN
Primero.
Prorrogar por cuatro años (desde el 1 de octubre de 2022 hasta el 30 de septiembre
de 2026) el convenio suscrito, con fecha 28 de septiembre de 2018, entre la
Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Madrid para la ejecución
de las medidas cautelares de internamiento y de las de régimen cerrado impuestas en
sentencia o auto, dictadas por el Juzgado Central de Menores o por la Sala
correspondiente de la Audiencia Nacional, en aplicación de lo dispuesto por la Ley
Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la Responsabilidad Penal de los
Menores.
La presente adenda producirá efectos en los términos del artículo 48.8 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito
en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector
Público Estatal, y será objeto de publicación en el «Boletín Oficial del Estado». La
prórroga se iniciará a partir del 1 de octubre de 2022.
Segundo.
Incrementar en un 2 % el importe de la financiación por plaza y día, establecido en la
cláusula sexta del convenio, que será el siguiente:
– Por cada plaza ocupada por día: doscientos setenta y ocho euros con noventa y
tres céntimos (278,93 €).
– Por cada plaza reservada y no ocupada por día: doscientos sesenta euros con
treinta y tres céntimos (260,33 €).

El Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 comprometerá como máximo la
cuantía de cuatrocientos siete mil quinientos dieciséis euros con setenta y tres céntimos
(407.516,73 €) para todo el periodo de vigencia de la presente adenda. Se realizará con
cargo a la aplicación 29.04.231G.226.99 de los Presupuestos Generales del Estado, y
quedará condicionada la misma a la existencia de crédito adecuado y suficiente para
financiar las obligaciones en el momento de la adquisición del compromiso de gasto, de
acuerdo con la siguiente distribución anual:
– Ejercicio 2022 (de 1 de octubre a 31 de diciembre – 92 días): veinticinco mil
seiscientos sesenta y un euros con cincuenta y seis céntimos (25.661,56 €).
– Ejercicio 2023 (de 1 de enero a 31 de diciembre – 365 días): ciento un mil
ochocientos nueve euros con cuarenta y cinco céntimos (101.809,45 €).
– Ejercicio 2024 (de 1 de enero a 31 de diciembre – 366 días): ciento dos mil
ochenta y ocho euros con treinta y ocho céntimos (102.088,38 €).

cve: BOE-A-2022-18982
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Tercero.