III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2022-18982)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda de prórroga y modificación del Convenio entre la Administración General del Estado y la Comunidad de Madrid, para la ejecución de medidas cautelares de internamiento y las de régimen cerrado impuestas en sentencia o auto, dictadas por el Juzgado Central de Menores o por la Sala correspondiente de la Audiencia Nacional, en aplicación de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 276

Jueves 17 de noviembre de 2022

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reestructuran los departamentos ministeriales, habiendo avocado para sí, con carácter
singular y a los presentes efectos, de conformidad con el artículo 10 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la competencia delegada en el
artículo séptimo de la Orden DSA/383/2020, de 29 de abril.
El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior del Gobierno de la Comunidad de Madrid,
don Enrique López López, actuando por delegación de la Presidenta de la Comunidad
Autónoma de Madrid, doña Isabel Díaz Ayuso (Decreto 53/2022, de 7 de septiembre), en el
ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo 4.1 de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de
adecuación de la normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de
enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el artículo 12.1 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Las partes, en virtud de la representación que ostentan en ejercicio de sus
respectivas atribuciones y en el mutuo y recíproco conocimiento de las facultades
derivadas de la mencionada representación.
MANIFIESTAN
Primero.
El artículo 54, apartado 1, párrafo segundo de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero,
reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores, en su redacción dada por la Ley
Orgánica 8/2006, de 4 de diciembre, establece que la ejecución de la detención preventiva,
de las medidas cautelares de internamiento o de las medidas impuestas en la sentencia,
acordadas por el Juez Central de Menores o por la Sala correspondiente de la Audiencia
Nacional, se llevarán a cabo en los establecimientos y con el control del personal
especializado que el Gobierno ponga a disposición de la Audiencia Nacional, en su caso,
mediante convenio con las comunidades autónomas.
A tal efecto, y para las medidas de régimen cerrado, se han venido firmando, desde
el año 2001, diversos convenios que establecían las bases de colaboración entre la
Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Madrid.
Segundo.
Con fecha 28 de septiembre de 2018 se suscribió un convenio entre la
Administración General del Estado (Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social y
Ministerio de Justicia), y la Comunidad Autónoma de Madrid para la ejecución de las
medidas cautelares de internamiento y de las de régimen cerrado impuestas en
sentencia o auto, dictadas por el Juzgado Central de Menores o por la Sala
correspondiente de la Audiencia Nacional, en aplicación de la Ley Orgánica, de 12 de
enero, reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores.
Tercero.

Cuarto.
Atendiendo a las competencias de cada una de las partes es idóneo e imprescindible
mantener la colaboración prevista en el citado convenio.

cve: BOE-A-2022-18982
Verificable en https://www.boe.es

Los efectos del citado convenio finalizan el día 30 de septiembre de 2022. No
obstante, el propio convenio prevé, en su cláusula octava, su prórroga por un período de
cuatro años por acuerdo expreso de las partes.