I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Servicios públicos. Acceso electrónico. (BOE-A-2022-18812)
Resolución de 14 de noviembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se crea el Portal de Internet de la Secretaría de Estado de Función Pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 275

Miércoles 16 de noviembre de 2022

Sec. I. Pág. 155987

Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía
de los derechos digitales.
El Real Decreto 507/2021, de 10 de julio, por el que se reestructuran
los departamentos ministeriales, creó el Ministerio de Hacienda y Función Pública al
que corresponden, además de las competencias en materia de hacienda pública y
de presupuestos y gastos, la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia
de administración pública, función y gobernanza públicas.
Mediante el Real Decreto 507/2021 también se suprimió la Secretaría de Estado de
Política Territorial y Función Pública y se creó la Secretaría de Estado de Función
Pública, dentro del Ministerio de Hacienda y Función Pública, a la cual le corresponden
las funciones enumeradas en el artículo 14 del Real Decreto 682/2021, de 3 de agosto,
por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y
Función Pública.
Actualmente, la Secretaría de Estado de Función Pública cuenta con un espacio de
información dentro del Portal del Ministerio de Política Territorial. Sin embargo, a
consecuencia de las reestructuraciones ministeriales expuestas, es necesario dotar a la
Secretaría de Estado de Función Pública de un espacio diferenciado. Adicionalmente,
atendiendo a razones técnicas y organizativas, así como en previsión de futuras
reestructuraciones ministeriales, el espacio actual de la Secretaría de Estado de Función
Pública se debe mantener independiente del Portal del Ministerio de Hacienda y Función
Pública.
Con todo ello, se procede a crear el Portal de Internet de la Secretaría de Estado de
Función Pública, determinando cuanto incumbe a su funcionamiento.
La presente resolución atiende tanto a razones técnicas y organizativas como a
razones de interés general, pues facilitará la plena efectividad del derecho de los
ciudadanos a relacionarse con la Administración por medios electrónicos en sus
relaciones con la Secretaría de Estado de Función Pública con arreglo a las garantías
que debe conllevar dicho derecho.
En atención a cuanto ha quedado expuesto, previo informe favorable de la Comisión
Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Hacienda y Función Pública, y
comunicación a los Ministerios de Hacienda y Función Pública y de Asuntos Económicos
y Transformación Digital, resuelvo:
Primero.

Objeto.

La presente Resolución tiene por objeto crear y regular el Portal de Internet de la
Secretaría de Estado de Función Pública, con el fin de dar cumplimiento a lo establecido
en el artículo 39 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, y en el artículo 6 del Reglamento de actuación y funcionamiento del sector
público por medios electrónicos, aprobado por el Real Decreto 203/2021, de 30 de
marzo.

1. Se crea el Portal de la Secretaría de Estado de Función Pública, con el dominio
https://www.funcionpublica.hacienda.gob.es, que ofrecerá a los ciudadanos y empresas
la información sobre los procedimientos y servicios de la Secretaría de Estado de
Función Pública.
2. La titularidad del Portal corresponderá a la Secretaría de Estado de Función
Pública que establecerá los principios generales y directrices básicos de funcionamiento
del mismo.
3. La dirección y coordinación del Portal corresponderá a la Secretaría de Estado
de Función Pública, a través de la División de Tecnologías de la Información, de acuerdo
con lo previsto en el artículo 14 del Real Decreto 682/2021, de 3 de agosto, por el que se
desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y Función Pública y

cve: BOE-A-2022-18812
Verificable en https://www.boe.es

Segundo. Portal de internet de la Secretaría de Estado de Función Pública.