I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Servicios públicos. Acceso electrónico. (BOE-A-2022-18812)
Resolución de 14 de noviembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se crea el Portal de Internet de la Secretaría de Estado de Función Pública.
4 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 275

Miércoles 16 de noviembre de 2022

Sec. I. Pág. 155988

se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la
estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
4. El Portal contendrá el acceso a la sede electrónica asociada de la Secretaría de
Estado de Función Pública, así como accesos al Punto de Acceso General y al Portal del
Ministerio de Hacienda y Función Pública.
5. Cada órgano directivo o con rango de Subdirección General de la Secretaría de
Estado de Función Pública será responsable de la provisión y actualización de la
información y contenidos que ofrezca el portal en relación con sus procedimientos,
servicios e informaciones a través de los mecanismos que se establezcan.
Tercero. Contenido y funcionalidades del Portal de la Secretaría de Estado de Función
Pública.
1. El Portal de la Secretaría de Estado de Función Pública deberá garantizar, de
forma gradual y progresiva a medida que los recursos y desarrollos técnicos lo permitan,
el acceso a los siguientes contenidos y servicios:
a) Acceso a la información orgánica y funcional de la Secretaría de Estado de
Función Pública.
b) Los servicios que la Secretaría de Estado de Función Pública pone a disposición
de los ciudadanos y las empresas.
c) Información sobre protección de datos.
d) Mapa Web.
2. El Portal contendrá información sobre las distintas áreas competenciales de la
Secretaría de Estado de Función Pública.
3. El Portal dispondrá de los mecanismos precisos que faciliten el acceso de sus
contenidos a los diferentes dispositivos móviles existentes.
4. El Portal contendrá los contenidos, formatos y funcionalidades que en la
normativa de reutilización, accesibilidad y transparencia se establezcan como
obligatorios para los sitios web.
5. El Portal seguirá las disposiciones generales que se establezcan para la imagen
institucional por la Administración General del Estado.
6. El Portal dispondrá de sistemas que permitan el establecimiento de medidas de
seguridad de acuerdo con lo establecido en Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el
que se regula el Esquema Nacional de Seguridad, y de interoperabilidad de acuerdo con
lo establecido en Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema
Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica, en aplicación
de lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Cuarto.

Canales de acceso a la Secretaría de Estado de Función Pública.

1. Para el acceso electrónico, Internet, con las características definidas en el
apartado 2.
2. Para la atención presencial, las oficinas del Ministerio de Hacienda y Función
Pública, tanto de carácter central como territorial, conforme a las competencias definidas
en las normas reguladoras de la organización ministerial.
3. Para la atención telefónica, los servicios de información departamental, en el
teléfono 060.

cve: BOE-A-2022-18812
Verificable en https://www.boe.es

Serán canales de acceso a los servicios del Portal de la Secretaría de Estado de
Función Pública: