III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Elecciones municipales. Censo electoral de extranjeros. (BOE-A-2022-18872)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Oficina del Censo Electoral, por la que se establecen los procedimientos y se aprueba el modelo de solicitud para la inscripción en el censo electoral de residentes en España de nacionales de países con acuerdos para las elecciones municipales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 275

Miércoles 16 de noviembre de 2022

Sec. III. Pág. 156395

Provincia y municipio de residencia.
Dirección postal.
Fecha desde la cual reside legal e ininterrumpidamente en España.
Una clave de tramitación telemática (CTT) asociada al número de identificación de
extranjero (NIE) a quien va dirigida la comunicación.
Segunda.

Procedimientos de solicitud.

1. Para realizar la solicitud de inscripción bastará con que el interesado
cumplimente el dato del NIE en la comunicación recibida, la firme y la remita, en el plazo
establecido en la disposición tercera de esta resolución, a la Delegación Provincial de la
Oficina del Censo Electoral correspondiente, por correo postal que no necesita franqueo.
La solicitud también podrá ser realizada de forma telemática. Para ello, el interesado
deberá acceder al procedimiento de solicitud de inscripción a través de la sede
electrónica del INE, https://sede.ine.gob.es, acreditar su identidad mediante el sistema
cl@ve y marcar la solicitud de inscripción. Quienes no dispongan del sistema cl@ve
podrán realizar la solicitud por esta misma vía, accediendo al sistema con el NIE y la
CTT que figura preimpresa en la comunicación.
2. En el caso que la Oficina del Censo Electoral haya podido comprobar el
cumplimiento de los requisitos exigidos excepto la vigencia del permiso de residencia, el
interesado recibirá una comunicación sin CTT. En este caso, el interesado deberá firmar
la comunicación recibida y remitirla a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo
Electoral correspondiente, por correo postal que no necesita franqueo, aportando
fotocopia de la tarjeta de identidad de extranjero en vigor o certificado de residencia
expedido por la Comisaría de Policía.
3. Aquellos interesados que consideren que cumplen las condiciones del Acuerdo
correspondiente podrán presentar la solicitud personalmente en el Ayuntamiento de su
residencia, identificándose con su tarjeta de identidad de extranjero, adjuntando
fotocopia de la misma.
Los ciudadanos de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico
Europeo, y también los nacionales de Reino Unido si se han inscrito en el Padrón
municipal antes del 1 de enero de 2021, podrán acreditar su identidad, además de con la
tarjeta de identidad de extranjero, con el documento nacional de identidad o pasaporte
de su país de origen.
La Oficina del Censo Electoral podrá comprobar el tiempo de residencia legal en
España consultando las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas
electrónicos habilitados al efecto por el Registro Central de Extranjeros, cuando no se pueda
deducir de los datos de la fotocopia de la tarjeta de identidad de extranjero, si esta fuera
aportada. Si no pudiera llevarse a cabo la comprobación, el tiempo de residencia legal se
deberá justificar con un certificado de residencia, expedido por la Comisaría de Policía.

1. Los requisitos incluidos en los Acuerdos en vigor para las elecciones municipales
a que hace referencia la Orden EHA/2264/2010, de 20 de julio, modificada por la Orden
ETD/1057/2022, de 3 de noviembre, se incluyen en el anexo a esta resolución.
2. Las solicitudes deberán realizarse entre el 1 de diciembre del año anterior al que
se celebren las elecciones municipales y el 15 de enero de ese año, ambos inclusive.
Las solicitudes que pudieran realizarse por reclamación a los datos de inscripción en
el censo electoral, dentro o fuera del período electoral, serán desestimadas si no se
presentaron en el plazo establecido.
3. Se aprueba el modelo de solicitud de inscripción para presentar en los
Ayuntamientos, así como sus instrucciones de cumplimentación, que también se incluyen
en el anexo a esta resolución.
4. El modelo de solicitud de inscripción se encontrará disponible en la plataforma de
intercambio con los ayuntamientos de datos y aplicaciones del censo electoral preparada

cve: BOE-A-2022-18872
Verificable en https://www.boe.es

Tercera. Requisitos, plazos y modelo de solicitud.