III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Elecciones municipales. Censo electoral de extranjeros. (BOE-A-2022-18872)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Oficina del Censo Electoral, por la que se establecen los procedimientos y se aprueba el modelo de solicitud para la inscripción en el censo electoral de residentes en España de nacionales de países con acuerdos para las elecciones municipales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 275

Miércoles 16 de noviembre de 2022

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS
Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
18872

Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Oficina del Censo Electoral,
por la que se establecen los procedimientos y se aprueba el modelo de
solicitud para la inscripción en el censo electoral de residentes en España de
nacionales de países con acuerdos para las elecciones municipales.

El artículo 1 de la Orden EHA/2264/2010, de 20 de julio, modificado por la Orden
ETD/1057/2022, de 3 de noviembre, por la que se dictan normas e instrucciones técnicas
para la formación del censo electoral de residentes en España que sean nacionales de
países con Acuerdos para las elecciones municipales, regula el derecho de inscripción
para los residentes de estos países.
El artículo 2 de la mencionada Orden EHA/2264/2010, de 20 de julio, faculta a la
Oficina del Censo Electoral para remitir una comunicación a los residentes en España
que sean nacionales de países con Acuerdos para las elecciones municipales que
reúnan las condiciones establecidas en los mismos, con sus datos personales y de
residencia preimpresos, obtenidos de la información del Registro Central de Extranjeros
y de los Padrones municipales y establece la forma en que pueden solicitar la inscripción
los que reciban la comunicación y los extranjeros residentes en España que consideren
que cumplen las condiciones establecidas en el acuerdo.
El artículo 3 fija el plazo de presentación de las solicitudes para la inscripción en el
censo electoral para unas elecciones municipales.
Para desarrollar los artículos mencionados, se aprobó la Resolución de 27 de
octubre de 2014, de la Oficina del Censo Electoral, por la que se establecen los
procedimientos y se aprueba el modelo de solicitud para la inscripción en el censo
electoral de residentes en España de nacionales de países con acuerdos para las
elecciones municipales que es necesario actualizar.
La presente resolución se justifica para actualizar las referencias normativas de
acuerdo a lo establecido en la Orden ETD/1057/2022, de 3 de noviembre, la acreditación
de la identidad en la solicitud de inscripción por medios telemáticos y el modo de obtener
el impreso de solicitud de inscripción establecidas en la Resolución de 27 de octubre
de 2014. También se incorpora en el anexo de esta resolución los requisitos que deben
cumplir los nacionales de Reino Unido para inscribirse en el censo electoral de las
elecciones municipales y el impreso de solicitud de inscripción modificado como
consecuencia del Acuerdo firmado con Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.
Por último, la disposición final primera habilita a la Directora de la Oficina del Censo
Electoral a dictar cuantas instrucciones de aplicación requiera la citada orden.
Por lo expuesto, esta Dirección, de conformidad con la Junta Electoral Central,
resuelve:
Comunicaciones.

Los datos personales y de residencia preimpresos en las comunicaciones que envíe
la Oficina del Censo Electoral, serán:
Nombre, primer apellido y segundo apellido.
Fecha y lugar de nacimiento.
Sexo.
Título escolar o académico.
País de nacionalidad.

cve: BOE-A-2022-18872
Verificable en https://www.boe.es

Primera.