I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Subvenciones. (BOE-A-2022-18815)
Real Decreto 957/2022, de 15 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a salas de exhibición cinematográfica para el desarrollo de su actividad divulgadora de la diversidad cultural.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 275

Miércoles 16 de noviembre de 2022

N.º de pantallas

Subtramo B
N.º sesiones por sala
entre el 1 de enero y el 31
de agosto de 2022

Subtramo C
N.º sesiones por sala
entre el 1 de enero y el 31
de agosto de 2022

15

150-450 sesiones.

451-1.500 sesiones.

≥ 1.501 sesiones.

16

160-480 sesiones.

481-1.600 sesiones.

≥ 1.601 sesiones.

17

170-510 sesiones.

511-1.700 sesiones.

≥ 1.701 sesiones.

18

180-540 sesiones.

541-1.800 sesiones.

≥ 1.801 sesiones.

≥ 19

190-570 sesiones.

571-1.900 sesiones.

≥ 1.901 sesiones.

2.

La tabla de cuantías máximas es la siguiente:

Tramo 1
Entre un 25 % y un 49,99 % de películas
comunitarias

Tramo 2
Entre un 50 % y un 69,99 % de películas
comunitarias

Tramo 3
Más de un 70 % de películas comunitarias

1. A

1. B

1.C

2.A

2.B

2.C

3. A

3. B

3. C

1-2

3.000 €

7.000 €

10.000 €

5.000 €

10.000 €

13.000 €

8.000 €

13.000 €

16.000 €

3-4

9.000 €

13.000 €

16.000 €

12.000 €

16.000 €

20.000 €

14.000 €

20.000 €

22.000 €

5-6

15.000 €

19.000 €

22.000 €

18.000 €

22.000 €

26.000 €

20.000 €

26.000 €

28.000 €

7-8

21.000 €

25.000 €

28.000 €

24.000 €

28.000 €

32.000 €

26.000 €

32.000 €

34.000 €

9-10

27.000 €

31.000 €

34.000 €

30.000 €

34.000 €

38.000 €

32.000 €

38.000 €

41.000 €

11-12

33.000 €

37.000 €

40.000 €

36.000 €

40.000 €

44.000 €

38.000 €

44.000 €

47.000 €

13-14

39.000 €

43.000 €

46.000 €

42.000 €

46.000 €

50.000 €

44.000 €

50.000 €

53.000 €

15-16

45.000 €

49.000 €

52.000 €

48.000 €

52.000 €

56.000 €

50.000 €

56.000 €

59.000 €

17-18

51.000 €

55.000 €

58.000 €

54.000 €

58.000 €

62.000 €

56.000 €

62.000 €

65.000 €

≥ 19

57.000 €

61.000 €

64.000 €

60.000 €

64.000 €

68.000 €

62.000 €

68.000 €

71.000 €

3. La dotación para estas subvenciones será de 10.170.000 euros.
4. En cualquier caso, la cuantía otorgada a una misma beneficiaria y sus empresas
vinculadas no podrá superar el 9 % de la dotación presupuestaria total establecida para
las subvenciones.
Artículo 7. Inicio del procedimiento de concesión: solicitudes, documentación y
publicidad.
1. La persona interesada deberá presentar su solicitud en el plazo máximo de
quince días desde la entrada en vigor del presente real decreto.
2. Las titulares de varias salas de exhibición o de varios complejos
cinematográficos podrán realizar una solicitud conjunta para todos sus locales; no
obstante, deberán desglosarse los datos correspondientes a cada sala de exhibición o
complejo cinematográfico, así como la subvención solicitada para cada uno de ellos, en
función del número de pantallas de que dispongan y del porcentaje de películas
comunitarias programadas.
3. Las solicitudes se presentarán exclusivamente de forma electrónica, en el
registro electrónico accesible a través de la sede electrónica asociada del Ministerio de
Cultura y Deporte, conforme a los requisitos que la rigen, mediante el modelo
normalizado disponible en la misma.
4. A los efectos previstos en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, todos los actos y

cve: BOE-A-2022-18815
Verificable en https://www.boe.es

N.º
de pantallas

Subtramo A
N.º sesiones por sala
entre el 1 de enero y el 31
de agosto de 2022

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