III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2022-18789)
Resolución de 21 de octubre de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Cartagena n.º 1, por la que se califica negativamente la inscripción de la venta de los derechos hereditarios sobre una finca.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 15 de noviembre de 2022

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sobre las fincas y derechos que constan inscritos a favor de mi causante F.N.M., fallecido
el 21 de septiembre de 2000.
Código registral único: 30013000373273
Finca de Cartagena-3.ª: 65448
Cl (…) Cartagena [Murcia]”.
En dicha instancia se solicita “Que tomen anotación preventiva del derecho
hereditario indicado en el expositivo I, y sobre la finca relacionada en el expositivo II, en
los términos que resultan de sendas escrituras públicas y que al acto se acompañan”.
Junto con los documentos aportados se encuentra otra instancia suscrita por el
mismo interesado el día 14 de enero de 202 1, cuya firma se encuentra legitimada por el
Notario de Mataró Don Oscar Lóperz Martínez de Septien, el día 15 de enero de 2021,
en la que se relacionan las escrituras de compraventa que se mencionan en el hecho
siguiente y que igualmente solicita “Que tomen a notación preventiva del derecho
hereditario indicado en el expositivo I, y sobre la finca relacionada en el expositivo II, en
los términos que resultan de sendas escrituras públicas y que al acto se acompañan”.
Segundo. Se indica en las mencionadas instancia que se adjunta a la misma las
siguientes escrituras:
CV der. her. prot. 1829 Notaría de Cartagena, Doña María Tersa Navarro Morell,
el 05 de Agosto de 2020.
CV der. her. prot. 1898 Notaría de Cartagena, Doña María Tersa Navarro Morell,
el 12 de Agosto de 2020.
CV der. her. prot. 2435 Notaría de Cartagena, Doña María Tersa Navarro Morell,
el 01 de Octubre de 2020.
Se acompañan copias autorizadas de escrituras de compraventa según las cuales
Doña F. R. B., Don L., Don F., Doña J., Doña C. y Doña M. C. N. R., venden a Don J. M.
H. G., “cuantos derechos hereditarios le correspondan sobre la finca antes descrita
(registral 65448), tanto por la liquidación de la sociedad conyugal habida entre el
causante y su esposa, como por la herencia de aquél”.
Se indica en dichas escrituras que Don F. N. M. falleció el día 21 de septiembre
de 2000, en estado de casado con Doña F. R. B., dejando como únicos herederos a seis
hijos habidos de dicho enlace, llamados L., F., F., J., C. y M. C. N. R. y dos nietas, hijas
de su premuerto hijo, F., llamadas S. y M. N. G. Se incorpora a dichas escrituras
testimoniado el testamento de dicho causante, Don F. N. M., otorgado ante la fe del
Notario de Cartagena, Don Antonio Trigueros Fernández el 3 de julio de 2000,
número 16661 de protocolo, así como los certificados de defunción y del Registro
General de Actos de Última Voluntad.
El requirente, por lo que resulta de las escrituras presentadas, resulta haber
adquirido por título de compra de determinados herederos de Don F. N. M., los derechos
hereditarios que les pudieran corresponder por la herencia y di solución de gananciales
sobre la finca 65.448 de este Registro, acompañándose copias autorizadas de escrituras
públicas por las cuales se formaliza dicha venta.
Presentado el documento calificado en la fecha y bajo el asiento de presentación antes
indicado, previo examen y calificación de su legalidad resulta/n el/los defectos/s subsanable/s
que se expresa/n en los fundamentos de Derecho, impeditivo/s de la inscripción.
Fundamentos de Derecho.
En ejercicio de las facultades calificadoras que atribuye a la Registradora que
suscribe el artículo 18 de la Ley Hipotecaria; visto lo dispuesto por los artículos 9, 14, 20,
21, 42.6, 46, 49, 57 y 68 de la Ley Hipotecaria; 51, 98, 146, 166.1, 206.10.ª y 209 del
Reglamento Hipotecario; Resoluciones de la Dirección General de los Registros y del
Notariado, hoy Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, de 26 de
noviembre y 29 de diciembre de 1930, 6 de febrero de 1970, 14 de febrero de 2005, 20

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Núm. 274