III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-18800)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo entre el Ministerio de Defensa y el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, sobre el mantenimiento y explotación del Buque Escuela y de Cooperación Pesquera «Intermares».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 274

Martes 15 de noviembre de 2022

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Tercera. Financiación.
El MAPA transferirá los créditos de sostenimiento y explotación al MINISDEF de la
siguiente forma:
– Créditos de sostenimiento: la Armada presentará al MAPA una propuesta valorada
de las necesidades de sostenimiento durante el mes de enero de cada ejercicio.
La SEGEPESCA procederá a la aprobación de la propuesta y a tramitar la
correspondiente acta.
En el primer trimestre el año se iniciará la tramitación de la transferencia de crédito
siempre que exista crédito adecuado y suficiente.
– Créditos de explotación: cada parte presentará a la otra su propuesta de
actividades del año tan pronto como sea posible.
Una vez alcanzado un acuerdo por ambas partes sobre dicha propuesta, la Armada
presentará a la SEGEPESCA su valoración económica, procediendo a recogerlo en la
correspondiente acta de la Comisión y a tramitar la transferencia de crédito siempre que
exista crédito adecuado y suficiente.
Durante el curso del ejercicio, según el signo de las desviaciones entre los créditos
programados y los gastos incurridos, podrán reprogramarse actividades de explotación o
sostenimiento a fin de emplear los créditos remanentes, o alternativamente, proceder a
su reintegro al Tesoro o, previa solicitud del MAPA, a su devolución. En caso contrario,
efectuar la aportación adicional del crédito necesaria en el ejercicio corriente o bien
acordar su ingreso en el siguiente.
Cuarta.

Medidas de control y seguimiento.

1. Con la finalidad de facilitar el seguimiento de las actuaciones y compromisos
previstos en el presente acuerdo y facilitar, en su caso, la suscripción de acuerdos
adicionales y adendas y su seguimiento, se constituirá una Comisión de Explotación y
Seguimiento (Comisión), a similitud de lo dispuesto para los convenios en el artículo 49
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, formada por
los siguientes representantes:
Por parte de la SEGEPESCA:

Por parte de la Armada:
− El Almirante o General Jefe de la División de Logística del Estado Mayor de la
Armada, pudiendo ser sustituido por el Jefe de la Sección de Programas y Ciclo de Vida
de la División de Logística.
− El Comandante del BECP «Intermares».
− Un oficial de la Dirección de Enseñanza Naval de la Jefatura de Personal de la
Armada.
− Un oficial de la Flota.

cve: BOE-A-2022-18800
Verificable en https://www.boe.es

− El/la Subdirector/a General de Investigación Científica y Reservas Marinas,
pudiendo delegar en un funcionario de su Subdirección, siendo quien durante el turno en
que la presidencia corresponda a la SEGEPESCA, asumirá la presidencia de la
Comisión.
− El/la Subdirector/a Adjunto/a de Investigación Científica y Reservas Marinas,
pudiendo delegar en un funcionario de la citada subdirección.
− El/la Subdirector/a General de Gestión de la SEGEPESCA, que podrá delegar en
un funcionario/a de su subdirección.
− Dos funcionarios/as de la Subdirección General de Investigación Científica y
Reservas Marinas.
− Un/a funcionario/a de la Secretaría General de Pesca a propuesta de la Directora
General de Pesca Sostenible en función de los asuntos a tratar.