III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Cuerpos de funcionarios docentes. (BOE-A-2022-18675)
Resolución de 8 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación, sobre el procedimiento aplicable a la convocatoria excepcional de estabilización de empleo temporal de larga duración a que se refieren las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 273

Lunes 14 de noviembre de 2022

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bases sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para
la reducción de la temporalidad en el empleo público. Las Administraciones educativas
signatarias trasladarán, en su integridad, a sus respectivas convocatorias, conformando
las bases de los correspondientes procesos selectivos, el contenido de este acuerdo y su
anexo.
Las Administraciones educativas han remitido durante el mes de septiembre a la
Subdirección General de las Tecnologías de la Información y la Comunicación del
Ministerio de Educación y Formación Profesional, las plazas que van a ser incluidas en
sus convocatorias, con indicación del Cuerpo, especialidad, turno de ingreso, y, en su
caso, idioma.
Antes de la fecha de comienzo del plazo de presentación de solicitudes, las
Administraciones educativas de las Comunidades Autónomas acogidas a este acuerdo
publicarán las convocatorias en sus respectivos Boletines o Diarios Oficiales. Asimismo,
se realizará una inserción en el «Boletín Oficial del Estado» de un anuncio en el que se
indique la Administración educativa convocante, el Cuerpo o Cuerpos a los que afecta la
convocatoria, el Boletín o Diario Oficial en el que se hace pública la convocatoria, el
plazo de presentación de solicitudes, la fecha de inicio del mismo y el órgano o
dependencia al que deben dirigirse las personas concursantes.
Tercero.
El plazo de presentación de instancias para el concurso extraordinario de méritos
para la estabilización del empleo temporal de larga duración comprenderá desde el 21
de noviembre al 21 de diciembre de 2022, ambos incluidos.

La participación de las personas que se presenten al concurso de méritos optando a
las plazas convocadas por las Administraciones educativas firmantes, se realizará a
través de una única instancia de participación que será presentada en la Administración
educativa que haya ofertado la plaza que se solicite en primer lugar, que será la
encargada de verificar los requisitos de participación de la persona aspirante y de
baremar los méritos alegados. A través de esa única instancia, los participantes podrán
solicitar, ordenándolas por orden de preferencia y siempre que reúnan los requisitos de
participación exigidos en cada convocatoria, las plazas de la especialidad, turno de
ingreso y, en su caso, idioma, a las que opten de aquellas que hayan sido convocadas
por las administraciones educativas firmantes.
Cuando se concurra a más de una especialidad docente, o, en su caso idioma, habrá
de presentarse una instancia por cada una de ellas ante la Administración educativa que
haya convocado la plaza solicitada en primer lugar en cada caso.
La participación se realizará a través de la presentación de una única instancia por la
especialidad y, en su caso, idioma, por la que se opte, que estará sujeta a las tasas de la
Administración educativa en la que se presente. En este sentido, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 15 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, no se podrá
concurrir a plazas de la misma especialidad de una convocatoria por distintos turnos.
Cuando se haya concursado a las plazas de una especialidad por el turno de reserva
de discapacidad, se podrán obtener las plazas correspondientes a la misma especialidad
del turno libre de ingreso que hayan sido convocadas por esas Administraciones
educativas cuyas plazas hayan sido solicitadas por el referido turno de reserva, siempre
que no se obtuviera plaza por dicho turno y su puntuación fuera superior a la obtenida
por otros aspirantes del sistema de ingreso libre que hayan solicitado las plazas de esas
Administraciones. En este caso la persona aspirante deberá ser incluida, en cada una de
las Administraciones educativas en las que participa, por su orden de puntuación en el
sistema de acceso general.

cve: BOE-A-2022-18675
Verificable en https://www.boe.es

Cuarto.