I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA. Áreas empresariales. (BOE-A-2022-18601)
Ley 3/2022, de 18 de octubre, de áreas empresariales de Galicia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 14 de noviembre de 2022

Sec. I. Pág. 154949

La sección 3.ª se ocupa del procedimiento de aprobación de los planes
estructurantes de ordenación del suelo empresarial; en este caso, se distingue según el
régimen de evaluación ambiental estratégica de aplicación, de manera que, cuando es la
ordinaria, se hace remisión al procedimiento previsto para la aprobación del Plan
sectorial de ordenación de áreas empresariales de Galicia y, cuando es la simplificada,
se regula un procedimiento propio que también integra la tramitación ambiental. Se
contempla igualmente la posibilidad de que el Consello de la Xunta de Galicia acuerde la
tramitación de urgencia, por la cual se reducen los plazos a la mitad.
A la eficacia de los planes estructurantes de ordenación del suelo empresarial se
dedica la sección 4.ª del capítulo, que los dota tanto de los efectos propios de los
instrumentos de ordenación del territorio, entre ellos la prevalencia sobre la ordenación
urbanística de competencia municipal, como de los de los instrumentos de planeamiento
urbanístico, en la medida en que planifican y ordenan actuaciones de transformación
urbanística del suelo. En lo relativo a las cesiones urbanísticas, la ley unifica el régimen
de aprovechamiento urbanístico en actuaciones promovidas por las entidades del sector
público, eliminando la discrepancia en el tratamiento entre el suelo urbano y urbanizable
que establece la Ley 2/2016, de 10 de febrero. En este sentido, se contempla que el
aprovechamiento urbanístico en las actuaciones que regula será del 100 %.
Finalmente, se regula la vigencia de los planes estructurantes de ordenación del
suelo empresarial y, en la sección 5.ª, su modificación, para la cual se siguen los mismos
criterios que en el caso del Plan sectorial de ordenación de áreas empresariales de
Galicia.
V
El título III regula, en seis capítulos, el desarrollo y ejecución de las áreas
empresariales de interés autonómico de promoción pública, ya que el de aquellas de
promoción privada se lleva a cabo a través de los instrumentos previstos en la legislación
de ordenación del territorio. En el capítulo I se enumeran los instrumentos que pueden
utilizarse para ese desarrollo y ejecución, que son los proyectos de delimitación de fases
de urbanización, los proyectos de desarrollo y urbanización, los proyectos de
urbanización, los proyectos de parcelación y los estudios de detalle. Se establece
también cuáles de esos instrumentos tienen carácter preceptivo para el desarrollo y
ejecución de las determinaciones de los planes estructurantes de ordenación del suelo
empresarial: un proyecto de desarrollo y urbanización, en caso de que el plan no
contuviera la ordenación detallada o complementaria necesaria para su ejecución, y un
proyecto de urbanización en los demás casos.
Asimismo, se contempla el régimen general de formulación, tramitación, aprobación y
modificación de los instrumentos de desarrollo y ejecución. Cabe destacar que su
tramitación y aprobación independiente, en los supuestos en que no se incorporan como
anexos a un plan estructurante de ordenación del suelo empresarial, corresponderá bien
al ayuntamiento correspondiente, cuando la persona promotora sea una entidad del
sector público local y la actuación no afectase a más de un término municipal, bien al
Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo en los demás casos, respetándose de este modo
el ámbito de autonomía y competencias de los municipios.
Los siguientes capítulos regulan separadamente cada uno de los instrumentos de
desarrollo y ejecución.
Los proyectos de delimitación de fases de urbanización, ya contemplados en la
Ley 5/2017, de 19 de octubre, tienen por objeto delimitar las fases de ejecución de un
área empresarial, a fin de ajustar dicha ejecución a la demanda de suelo existente, en
los supuestos en que así se entienda conveniente.
Por su parte, los proyectos de desarrollo y urbanización y los proyectos de
urbanización, como ya se ha dicho, son los instrumentos de desarrollo y ejecución de las
determinaciones de los planes estructurantes de ordenación del suelo empresarial,
diferenciándose en que los primeros están previstos para los casos en que los planes no

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Núm. 273