I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA. Áreas empresariales. (BOE-A-2022-18601)
Ley 3/2022, de 18 de octubre, de áreas empresariales de Galicia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 14 de noviembre de 2022

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Finalmente, los ayuntamientos pueden, en ejercicio de sus competencias, prever el
desarrollo de suelo empresarial mediante la delimitación de sectores de suelo
urbanizable destinado a usos del sector secundario o terciario, pese a que estos ámbitos
no estén incluidos en el Plan sectorial de ordenación de áreas empresariales de Galicia.
La ley consta de noventa y seis artículos, estructurados en seis títulos, once
disposiciones adicionales, cinco transitorias, una derogatoria y ocho finales.
III
El título I se ocupa de las disposiciones generales, en las cuales, además de
definirse el objeto general de la ley, se delimita con precisión su ámbito de aplicación.
Así, la presente ley se aplica con carácter general a las áreas empresariales de interés
autonómico promovidas al amparo de los instrumentos sectoriales de ordenación de
áreas empresariales de la Comunidad Autónoma de Galicia, en particular el Plan
sectorial de ordenación de áreas empresariales de Galicia, si bien sus previsiones
relativas a la gestión y conservación de las áreas empresariales se aplican también a las
demás áreas empresariales, de promoción pública o privada, ubicadas en el territorio de
la Comunidad Autónoma.
Dentro de este título se contemplan las definiciones de suelo empresarial y de área
empresarial que se introdujeron en el artículo 3 bis de la Ley 5/2017, de 19 de octubre,
con la finalidad de contar en el ordenamiento jurídico de la Comunidad Autónoma con
unos conceptos unificados de los mismos, así como los principios inspiradores de la
regulación de las áreas empresariales gallegas: desarrollo territorial sostenible, equilibrio
territorial e incorporación de las perspectivas demográfica y de género a la planificación y
ordenación de las áreas empresariales; racionalización de la oferta de suelo empresarial,
a través del adecuado desarrollo y ejecución de las áreas empresariales; facilitación del
acceso al suelo empresarial por parte de las iniciativas empresariales que lo demanden;
calidad de las infraestructuras, equipamientos, dotaciones y servicios de las áreas
empresariales; y responsabilidad en la gestión y conservación de las áreas
empresariales.
Finalmente, el título I finaliza con la regulación del Censo de suelo empresarial de
Galicia, que había sido creado por la Ley 5/2017, de 19 de octubre, configurándose
como un registro público de naturaleza administrativa que tiene por objeto el
conocimiento preciso del grado de ocupación de las áreas empresariales existentes en
Galicia, con la finalidad de servir como instrumento de evaluación, planificación y
concreción de las necesidades de suelo empresarial en la comunidad autónoma.
IV
El título II regula la planificación y ordenación de las áreas empresariales en tres
capítulos. En el capítulo I se determina que la planificación y ordenación de las áreas
empresariales de interés autonómico será objeto de una planificación sectorial por la
Comunidad Autónoma, mientras que las demás actuaciones de suelo empresarial se
planificarán a través de los instrumentos de ordenación territorial y urbanística, conforme
a la normativa vigente en estas materias.
Asimismo, se contempla la clasificación de las áreas empresariales de interés
autonómico, según su incidencia en el territorio, en áreas de carácter estratégico,
supracomarcales y comarcales, y los instrumentos de planificación y ordenación de las
mismas, que son el Plan sectorial de ordenación de áreas empresariales de Galicia y, en
desarrollo de este, los planes estructurantes de ordenación del suelo empresarial, para
las actuaciones de promoción pública, y los instrumentos contemplados en la legislación
de ordenación del territorio, para las actuaciones de promoción privada.
En el ámbito de la cooperación interadministrativa, este capítulo I del título II regula
las relaciones de cooperación entre el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo, la
sociedad Gestión del Suelo de Galicia-Gestur, S.A. y los ayuntamientos para facilitar el

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