I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA. Aguas. (BOE-A-2022-18599)
Ley 1/2022, de 12 de julio, de mejora de la gestión del ciclo integral del agua.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 273

Lunes 14 de noviembre de 2022

Sec. I. Pág. 154903

6. En los vertidos que se realicen en depuradoras que viertan en zonas que, de
acuerdo con la normativa vigente, hayan sido declaradas sensibles, los parámetros de
contaminación se verán afectados por el siguiente coeficiente de zona sensible (CZS):
Parámetro de contaminación

Coeficiente de zona sensible

Nitrógeno total.

1,1

Fósforo total.

1,1

Resto de parámetros.

1

Augas de Galicia mantendrá un registro actualizado de las instalaciones de
depuración que gestione en calidad de prestadora de servicios que viertan a zonas
declaradas sensibles.
Subsección 3.ª
Artículo 47.

Cuantificación del canon de gestión de depuradoras en la modalidad de
usos urbanos

Cuota del canon de gestión de depuradoras y tipo de gravamen.

1. La cuota del canon de gestión de depuradoras en la modalidad de usos urbanos
resultará de la adición de dos partes variables, una asociada al volumen de agua y otra a
la carga contaminante.
2. La parte variable asociada al volumen de agua resultará de la multiplicación del
tipo de gravamen de 0,29 euros/m3 por la base liquidable determinada de acuerdo con lo
indicado en el artículo 39.
3. La parte variable asociada a la carga contaminante resultará de la multiplicación
de la base liquidable determinada de acuerdo con lo indicado en el artículo 40 para cada
depuradora o, en su caso, punto de control por un coeficiente de contaminación y por el
tipo de gravamen de 0,053 euros/m3.
4. El coeficiente de contaminación se determinará para cada depuradora o, en su
caso, para cada punto de control en función de la concentración de contaminantes en el
agua, según la analítica mensual representativa realizada, en relación a los siguientes
parámetros y a las siguientes concentraciones base:
Concentración base

Demanda bioquímica de
oxígeno (DBO5).

500,00 mg/l

Materias en suspensión
(MES).

500,00 mg/l

Demanda química de
oxígeno (DQO).

1.000,00 mg/l

Nitrógeno total (NT).

60,00 mg/l

Fósforo total (PT).

40,00 mg/l

Conductividad.
Materias inhibidoras (MI).

5.000,00 µS/cm
20 equitox

El coeficiente de contaminación tomará el valor del número de parámetros para los
que se superen las concentraciones base de la tabla anterior. En el caso en el que las
concentraciones base no se superen para ningún parámetro, el coeficiente de
contaminación adoptará el valor de cero.

cve: BOE-A-2022-18599
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Parámetros