III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2022-18591)
Resolución de 7 de noviembre de 2022, del Museo Nacional del Prado, por la que se publica el Convenio marco con el Senado, para la conservación, supervisión técnica y asesoría científica de las obras de arte pertenecientes a las colecciones del Senado y la convocatoria pública de una beca bienal de formación especializada en museología y conservación cada dos años.
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 272
Sábado 12 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 154802
– Estas becas serán convocadas de forma pública, resueltas y otorgadas por el
MNP, formando parte de la Comisión de Estudio y Valoración que a tal fin se constituya,
un representante del Senado designado en los términos que oportunamente se
establezcan.
– En el supuesto de que no se convocara o adjudicara la beca o de que la actividad
objeto de la misma no pudiera llevarse a cabo, la cantidad que eventualmente hubiera
transferido el Senado deberá ser reintegrada por el MNP.
– La tutela y seguimiento corresponderán a la Dirección Adjunta de Conservación e
Investigación del MNP que informará de los resultados al Senado.
Solo es susceptible de ejecución mediante convenio específico el siguiente
compromiso:
– La posible ejecución de la restauración de obras de las colecciones del Senado en
los talleres del Museo Nacional del Prado.
El Senado se compromete a:
– Otorgar al Museo un trato preferente en la concesión de préstamos de obras
pertenecientes a las colecciones del Senado para las exposiciones que organice el MNP.
– Dotar cada dos años, durante el periodo de vigencia del convenio, una cantidad
de 37.500 euros, destinada a la convocatoria pública para la adjudicación de una beca
bienal de formación especializada en museología y conservación.
– Dicha dotación será ingresada en enero de 2023 y en enero de 2025, con
anterioridad a la convocatoria de la beca, en la cuenta corriente titularidad del Museo
Nacional del Prado siguiente: IBAN ES92-2100-5731-78-0200031882.
– Facilitar al personal técnico del MNP dos visitas al año para conocer sus
instalaciones y colecciones.
– Facilitar la utilización de los fondos de su Biblioteca y Archivo relacionados con
este convenio al personal científico y técnico del MNP.
– Entregar al MNP diez ejemplares de todas las publicaciones propias relativas a sus
colecciones artísticas.
– Intercambiar de manera gratuita material gráfico en cualquier soporte de sus
respectivas colecciones con destino a las publicaciones que promuevan ambas
instituciones.
Tercera.
Comisión de seguimiento.
Cuarta.
Eficacia, vigencia y publicidad.
1. El convenio, que se perfecciona por su firma, producirá efectos a partir de su
inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación
del sector público estatal en el plazo de 5 días hábiles desde su formalización. Asimismo,
será publicado en el plazo de 10 días hábiles desde su formalización en el «Boletín
Oficial del Estado».
2. Tendrá una vigencia de 4 años y podrá prorrogarse, por voluntad expresa de
las partes a iniciativa de cualquiera de ellas, en cualquier momento antes de la
cve: BOE-A-2022-18591
Verificable en https://www.boe.es
Con el fin de facilitar el seguimiento del objeto de este convenio y de llevar a cabo las
actuaciones comunes que correspondan, se constituirá una comisión mixta de vigilancia
y seguimiento del convenio, compuesta por dos representantes de cada una de las
partes, designadas a tal efecto por cada Institución, a la que corresponderá velar por el
correcto desarrollo de lo dispuesto en el mismo así como la resolución de los eventuales
problemas de interpretación y ejecución que de este pudieran derivarse. Los miembros
de la comisión se reunirán siempre que se considere necesario y a instancia de
cualquiera de sus componentes, debiendo, al menos, reunirse una vez por cada
anualidad de vigencia del convenio.
Núm. 272
Sábado 12 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 154802
– Estas becas serán convocadas de forma pública, resueltas y otorgadas por el
MNP, formando parte de la Comisión de Estudio y Valoración que a tal fin se constituya,
un representante del Senado designado en los términos que oportunamente se
establezcan.
– En el supuesto de que no se convocara o adjudicara la beca o de que la actividad
objeto de la misma no pudiera llevarse a cabo, la cantidad que eventualmente hubiera
transferido el Senado deberá ser reintegrada por el MNP.
– La tutela y seguimiento corresponderán a la Dirección Adjunta de Conservación e
Investigación del MNP que informará de los resultados al Senado.
Solo es susceptible de ejecución mediante convenio específico el siguiente
compromiso:
– La posible ejecución de la restauración de obras de las colecciones del Senado en
los talleres del Museo Nacional del Prado.
El Senado se compromete a:
– Otorgar al Museo un trato preferente en la concesión de préstamos de obras
pertenecientes a las colecciones del Senado para las exposiciones que organice el MNP.
– Dotar cada dos años, durante el periodo de vigencia del convenio, una cantidad
de 37.500 euros, destinada a la convocatoria pública para la adjudicación de una beca
bienal de formación especializada en museología y conservación.
– Dicha dotación será ingresada en enero de 2023 y en enero de 2025, con
anterioridad a la convocatoria de la beca, en la cuenta corriente titularidad del Museo
Nacional del Prado siguiente: IBAN ES92-2100-5731-78-0200031882.
– Facilitar al personal técnico del MNP dos visitas al año para conocer sus
instalaciones y colecciones.
– Facilitar la utilización de los fondos de su Biblioteca y Archivo relacionados con
este convenio al personal científico y técnico del MNP.
– Entregar al MNP diez ejemplares de todas las publicaciones propias relativas a sus
colecciones artísticas.
– Intercambiar de manera gratuita material gráfico en cualquier soporte de sus
respectivas colecciones con destino a las publicaciones que promuevan ambas
instituciones.
Tercera.
Comisión de seguimiento.
Cuarta.
Eficacia, vigencia y publicidad.
1. El convenio, que se perfecciona por su firma, producirá efectos a partir de su
inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación
del sector público estatal en el plazo de 5 días hábiles desde su formalización. Asimismo,
será publicado en el plazo de 10 días hábiles desde su formalización en el «Boletín
Oficial del Estado».
2. Tendrá una vigencia de 4 años y podrá prorrogarse, por voluntad expresa de
las partes a iniciativa de cualquiera de ellas, en cualquier momento antes de la
cve: BOE-A-2022-18591
Verificable en https://www.boe.es
Con el fin de facilitar el seguimiento del objeto de este convenio y de llevar a cabo las
actuaciones comunes que correspondan, se constituirá una comisión mixta de vigilancia
y seguimiento del convenio, compuesta por dos representantes de cada una de las
partes, designadas a tal efecto por cada Institución, a la que corresponderá velar por el
correcto desarrollo de lo dispuesto en el mismo así como la resolución de los eventuales
problemas de interpretación y ejecución que de este pudieran derivarse. Los miembros
de la comisión se reunirán siempre que se considere necesario y a instancia de
cualquiera de sus componentes, debiendo, al menos, reunirse una vez por cada
anualidad de vigencia del convenio.