III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2022-18576)
Resolución de 3 de noviembre de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Xunta de Galicia y el Concello de Santiago de Compostela, para el desarrollo de actividades en el marco de la Capitalidad Española de la Economía Social para el año 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 272
Sábado 12 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 154610
en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.
6. Que estas actividades deben cumplir con las obligaciones de información y
publicidad que las autoridades competentes han establecido y en todo caso en las
actividades que incluyan carteles informativos, placas, publicaciones impresas y
electrónicas, material audiovisual, páginas web, anuncios e inserciones en prensa,
certificados, etc., se deberán incluir los siguientes logos:
a) El emblema de la Unión Europea.
b) Utilizar el logotipo oficial de los Fondos, además del emblema de la Unión
Europea acompañado del texto «Financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU».
c) Se tendrán en cuenta las normas gráficas y los colores normalizados
establecidos en el anexo II del Reglamento de Ejecución 821/2014. El logotipo del
Ministerio de Trabajo y Economía Social.
d) Todos los carteles informativos y placas deberán colocarse en un lugar bien
visible y de acceso al público.
7. Se deberá aportar un certificado que pruebe la realización del proyecto y de una
ficha que incluya información sobre los beneficiarios y el impacto esperado.
8. Será de aplicación el artículo 59 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de
diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la
Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, de medidas de agilización de los convenios financiables con fondos
europeos.
Tercera.
Ministerio de Trabajo y Economía Social. Obligaciones.
El Ministerio de Trabajo y Economía Social asume las siguientes obligaciones:
Cuarta. Consellería de Promoción del Empleo e Igualdad de la Xunta de Galicia.
Obligaciones.
La Xunta de Galicia, a través de la Consellería de Promoción del Empleo e Igualdad,
asume las siguientes obligaciones:
– Propuesta de actividades y participación en la toma de decisiones sobre el plan de
actividades a través de la Comisión de seguimiento, vigilancia y control.
– Participar en la ejecución y financiación de las actividades englobadas en el marco
de este convenio, según se determine en el plan de actividades.
cve: BOE-A-2022-18576
Verificable en https://www.boe.es
– Organizar y presidir, al menos, una reunión del Consejo Estatal para el Fomento
de la Economía Social, que se celebrará en Santiago de Compostela.
– Ejercer la Presidencia de la Comisión de seguimiento, vigilancia y control del
presente convenio, contemplada en las cláusulas sexta y séptima.
– Propuesta de actividades y participación en la toma de decisiones sobre el plan de
actividades a través de la Comisión de seguimiento, vigilancia y control.
– Participar en la ejecución y financiación de las actividades englobadas en el marco
de este convenio relativas a la capacitación y formación de la sociedad en los valores de
la Economía Social.
– Supervisión y seguimiento de la tramitación de las actividades financiadas con el
MRR.
– Interlocución con los diferentes agentes de la Economía Social estatal para el
desarrollo de las actividades.
– Supervisión y seguimiento de la tramitación de las actividades, en particular las
financiadas con el MRR.
– Tareas de divulgación, difusión y comunicación de las actividades y del propio
convenio, en particular en medios de ámbito estatal.
Núm. 272
Sábado 12 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 154610
en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.
6. Que estas actividades deben cumplir con las obligaciones de información y
publicidad que las autoridades competentes han establecido y en todo caso en las
actividades que incluyan carteles informativos, placas, publicaciones impresas y
electrónicas, material audiovisual, páginas web, anuncios e inserciones en prensa,
certificados, etc., se deberán incluir los siguientes logos:
a) El emblema de la Unión Europea.
b) Utilizar el logotipo oficial de los Fondos, además del emblema de la Unión
Europea acompañado del texto «Financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU».
c) Se tendrán en cuenta las normas gráficas y los colores normalizados
establecidos en el anexo II del Reglamento de Ejecución 821/2014. El logotipo del
Ministerio de Trabajo y Economía Social.
d) Todos los carteles informativos y placas deberán colocarse en un lugar bien
visible y de acceso al público.
7. Se deberá aportar un certificado que pruebe la realización del proyecto y de una
ficha que incluya información sobre los beneficiarios y el impacto esperado.
8. Será de aplicación el artículo 59 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de
diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la
Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, de medidas de agilización de los convenios financiables con fondos
europeos.
Tercera.
Ministerio de Trabajo y Economía Social. Obligaciones.
El Ministerio de Trabajo y Economía Social asume las siguientes obligaciones:
Cuarta. Consellería de Promoción del Empleo e Igualdad de la Xunta de Galicia.
Obligaciones.
La Xunta de Galicia, a través de la Consellería de Promoción del Empleo e Igualdad,
asume las siguientes obligaciones:
– Propuesta de actividades y participación en la toma de decisiones sobre el plan de
actividades a través de la Comisión de seguimiento, vigilancia y control.
– Participar en la ejecución y financiación de las actividades englobadas en el marco
de este convenio, según se determine en el plan de actividades.
cve: BOE-A-2022-18576
Verificable en https://www.boe.es
– Organizar y presidir, al menos, una reunión del Consejo Estatal para el Fomento
de la Economía Social, que se celebrará en Santiago de Compostela.
– Ejercer la Presidencia de la Comisión de seguimiento, vigilancia y control del
presente convenio, contemplada en las cláusulas sexta y séptima.
– Propuesta de actividades y participación en la toma de decisiones sobre el plan de
actividades a través de la Comisión de seguimiento, vigilancia y control.
– Participar en la ejecución y financiación de las actividades englobadas en el marco
de este convenio relativas a la capacitación y formación de la sociedad en los valores de
la Economía Social.
– Supervisión y seguimiento de la tramitación de las actividades financiadas con el
MRR.
– Interlocución con los diferentes agentes de la Economía Social estatal para el
desarrollo de las actividades.
– Supervisión y seguimiento de la tramitación de las actividades, en particular las
financiadas con el MRR.
– Tareas de divulgación, difusión y comunicación de las actividades y del propio
convenio, en particular en medios de ámbito estatal.