III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2022-18575)
Resolución de 19 de septiembre de 2022, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica el Convenio con la Diputación Provincial de Cuenca y el Ayuntamiento de Cuenca, para la ejecución de actuaciones de integración urbana de los suelos ferroviarios de la línea ferroviaria 03-310 Aranjuez-Valencia Fuente de San Luis, en el término municipal de Cuenca.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 272
Sábado 12 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 154601
A la vista de lo expuesto y al objeto de concretar la colaboración entre las entidades
para la implementación de las mencionadas actuaciones de integración, las partes
suscriben el presente convenio, que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
El objeto del presente convenio es la ejecución de una serie de actuaciones de
integración urbana de los suelos ferroviarios de la línea ferroviaria 03‐310 AranjuezValencia Fuente de San Luis en el término municipal de Cuenca, y ello, en el marco de
actuación contemplado en el Protocolo suscrito con fecha de 9 de marzo de 2022. En
consecuencia, estas actuaciones tienen como premisa y condición la previa exclusión de
la Red Ferroviaria de Interés General de este tramo de línea férrea conforme al
procedimiento previsto en la Ley del Sector Ferroviario (en adelante LSF).
Las actuaciones de integración urbana objeto del presente convenio son:
– Ejecución de una rotonda en la calle Diego Jiménez, según planos del anexo n.º 2.
– Ejecución de un aparcamiento público anexo a la rotonda en la calle Diego
Jiménez en el barrio de Casablanca, según planos del anexo n.º 2.
Extensión aproximada de suelos ferroviarios titularidad de ADIF necesarios para la
ejecución de las dos anteriores actuaciones: aproximadamente 2.700 m2 de suelo.
– Ejecución de un complejo de instalaciones deportivas en los terrenos situados
junto al paso inferior existente del ferrocarril entre la calle Orégano y la calle Álvaro de
Luna, según planos del anexo n.º 2.
Extensión aproximada de suelos ferroviarios titularidad de ADIF necesarios para la
ejecución de la actuación: aproximadamente 6.400 m2 de suelo.
– Ejecución de un aparcamiento público, situado entre el Paseo del Ferrocarril y la
calle Orégano, según planos del anexo n.º 2.
Extensión aproximada de suelos ferroviarios titularidad de ADIF necesarios para la
ejecución de la actuación: aproximadamente 7.600 m2 de suelo.
– Acondicionamiento de los terrenos ferroviarios en el ámbito de la estación de red
convencional de Cuenca, desde el entorno de la c/ Diego Jiménez hasta la Carretera
Ronda Oeste. No se podrá exceder en ningún caso la cuantía económica contemplada
para el acondicionamiento de los terrenos ferroviarios en el anexo n.º 1.
Extensión
de
suelos
ferroviarios
titularidad
de
ADIF
objeto
del
acondicionamiento: 114.410 m2 de suelo. Ver planos del área objeto de un posible
acondicionamiento en el anexo n.º 2.
Todas las extensiones superficiales que contiene el presente documento han de
considerarse estimativas en cantidad y definición espacial, habilitándose mutuamente las
partes a que su definitiva y exacta concreción se realice en el seno de los instrumentos
urbanísticos, proyectos de ejecución y negocios jurídicos patrimoniales que materialicen
y ejecuten las previsiones del presente convenio.
Segunda.
Obligaciones de las partes.
– Una vez clausurado el tramo de la línea ferroviaria 03‐310 Tarancón‐Cuenca‐Utiel
conforme al procedimiento previsto en el artículo 11 LSF, ADIF se compromete a realizar
la desafectación de los suelos ferroviarios necesarios para la ejecución de actuaciones
recogidas en el presente convenio en un plazo máximo de tres meses. Una vez realizada
la desafectación de los suelos, ADIF se compromete a la transmisión gratuita de la
propiedad de estos suelos a favor del Ayuntamiento de Cuenca en las condiciones y
plazos establecidos en la cláusula cuarta. Con carácter previo a estas desafectaciones y
cve: BOE-A-2022-18575
Verificable en https://www.boe.es
Obligaciones de ADIF:
Núm. 272
Sábado 12 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 154601
A la vista de lo expuesto y al objeto de concretar la colaboración entre las entidades
para la implementación de las mencionadas actuaciones de integración, las partes
suscriben el presente convenio, que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
El objeto del presente convenio es la ejecución de una serie de actuaciones de
integración urbana de los suelos ferroviarios de la línea ferroviaria 03‐310 AranjuezValencia Fuente de San Luis en el término municipal de Cuenca, y ello, en el marco de
actuación contemplado en el Protocolo suscrito con fecha de 9 de marzo de 2022. En
consecuencia, estas actuaciones tienen como premisa y condición la previa exclusión de
la Red Ferroviaria de Interés General de este tramo de línea férrea conforme al
procedimiento previsto en la Ley del Sector Ferroviario (en adelante LSF).
Las actuaciones de integración urbana objeto del presente convenio son:
– Ejecución de una rotonda en la calle Diego Jiménez, según planos del anexo n.º 2.
– Ejecución de un aparcamiento público anexo a la rotonda en la calle Diego
Jiménez en el barrio de Casablanca, según planos del anexo n.º 2.
Extensión aproximada de suelos ferroviarios titularidad de ADIF necesarios para la
ejecución de las dos anteriores actuaciones: aproximadamente 2.700 m2 de suelo.
– Ejecución de un complejo de instalaciones deportivas en los terrenos situados
junto al paso inferior existente del ferrocarril entre la calle Orégano y la calle Álvaro de
Luna, según planos del anexo n.º 2.
Extensión aproximada de suelos ferroviarios titularidad de ADIF necesarios para la
ejecución de la actuación: aproximadamente 6.400 m2 de suelo.
– Ejecución de un aparcamiento público, situado entre el Paseo del Ferrocarril y la
calle Orégano, según planos del anexo n.º 2.
Extensión aproximada de suelos ferroviarios titularidad de ADIF necesarios para la
ejecución de la actuación: aproximadamente 7.600 m2 de suelo.
– Acondicionamiento de los terrenos ferroviarios en el ámbito de la estación de red
convencional de Cuenca, desde el entorno de la c/ Diego Jiménez hasta la Carretera
Ronda Oeste. No se podrá exceder en ningún caso la cuantía económica contemplada
para el acondicionamiento de los terrenos ferroviarios en el anexo n.º 1.
Extensión
de
suelos
ferroviarios
titularidad
de
ADIF
objeto
del
acondicionamiento: 114.410 m2 de suelo. Ver planos del área objeto de un posible
acondicionamiento en el anexo n.º 2.
Todas las extensiones superficiales que contiene el presente documento han de
considerarse estimativas en cantidad y definición espacial, habilitándose mutuamente las
partes a que su definitiva y exacta concreción se realice en el seno de los instrumentos
urbanísticos, proyectos de ejecución y negocios jurídicos patrimoniales que materialicen
y ejecuten las previsiones del presente convenio.
Segunda.
Obligaciones de las partes.
– Una vez clausurado el tramo de la línea ferroviaria 03‐310 Tarancón‐Cuenca‐Utiel
conforme al procedimiento previsto en el artículo 11 LSF, ADIF se compromete a realizar
la desafectación de los suelos ferroviarios necesarios para la ejecución de actuaciones
recogidas en el presente convenio en un plazo máximo de tres meses. Una vez realizada
la desafectación de los suelos, ADIF se compromete a la transmisión gratuita de la
propiedad de estos suelos a favor del Ayuntamiento de Cuenca en las condiciones y
plazos establecidos en la cláusula cuarta. Con carácter previo a estas desafectaciones y
cve: BOE-A-2022-18575
Verificable en https://www.boe.es
Obligaciones de ADIF: