III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-18589)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Universidad Nacional de Educación a Distancia y la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A., para la creación de la cátedra UNED-OEPM sobre Propiedad Industrial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 272

Sábado 12 de noviembre de 2022

Sec. III. Pág. 154792

consecución de los objetivos del presente convenio, de proponer cuantas medidas se
estimen necesarias para garantizar la viabilidad y la calidad de las actuaciones
contempladas en el presente convenio.
6. La comisión de seguimiento estará formada por el titular de la Dirección General
de la OEPM, que ejercerá como Presidente, por el Director de la Cátedra, por una
persona designada por el Vicerrectorado de Investigación y por un representante de la
OEPM, designado por el Director de ésta, que actuará como secretario con voz y voto.
Serán funciones de la Comisión de Seguimiento:
a) Aprobar la propuesta de programa anual de actividades y la propuesta de
presupuesto.
b) Supervisar la ejecución del programa anual de actividades, así como la ejecución
del presupuesto.
c) Presentar, al final de cada ejercicio, la memoria anual de actividades de la
Cátedra institucional, previa presentación de la Dirección de la Cátedra, para su
aprobación definitiva por la UNED y la OEPM.
El funcionamiento de la Comisión se regirá por lo dispuesto en los artículos 15 y
siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
La Comisión de Seguimiento se reunirá cuando lo solicite alguna de las partes y, al
menos, dos veces al año.
Esta Comisión, de acuerdo con lo establecido en el artículo 49.1.f) de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, es el instrumento acordado por
las partes para el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los
compromisos adquiridos por los firmantes y de resolución de los problemas de
interpretación y cumplimiento que puedan plantearse y ejercerá sus funciones de
acuerdo con lo establecido en los artículos 51.c) y 52.3 de esta Ley.
7. La sede de la Cátedra estará en la Facultad de Derecho de la UNED, calle
Obispo Trejo, s/n, 28040 Madrid.
8. Por parte de la UNED será el Administrador de la Facultad de Derecho donde se
ubica la Cátedra el encargado de gestionar los fondos de la Cátedra de forma específica,
realizando tanto cobros como pagos y liquidando los impuestos correspondientes.
Quinta.

Naturaleza jurídica.

El régimen jurídico del presente convenio es el establecido en el artículo 28 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 65 del Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Financiación.

1. La aportación de la OEPM en concepto de contribución a la Cátedra tendrá el importe
de treinta mil euros (30.000 €), con cargo a la partida presupuestaria 20.102.421N.451.06
para el año 2022.
Dicha cantidad se destinará a financiar los gastos originados por los programas y
actividades desarrolladas por la Cátedra. El abono de la cantidad aportada se efectuará
al comienzo del año natural, en un único desembolso, con carácter anticipado a su
justificación, de conformidad con lo previsto en el artículo 34 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, como financiación necesaria para llevar a cabo
las actuaciones para las que se conceda.
La Universidad Nacional de Educación a Distancia justificará debidamente la
aplicación de la aportación concedida por la OEPM según lo previsto en el artículo 72
y 73 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, aprobado por Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio, en el plazo de tres meses contados a partir de la fecha
de finalización del plazo de ejecución de las actividades aprobadas en el plan anual.

cve: BOE-A-2022-18589
Verificable en https://www.boe.es

Sexta.