III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-18589)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Universidad Nacional de Educación a Distancia y la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A., para la creación de la cátedra UNED-OEPM sobre Propiedad Industrial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 272
Sábado 12 de noviembre de 2022
Segunda.
Sec. III. Pág. 154791
Ámbito.
La UNED y la OEPM crean la Cátedra para la realización continua de actividades de
investigación, transferencia de conocimiento, divulgación, docencia e innovación en el
ámbito de la Propiedad Industrial, dada su relevancia social, el componente científico de
la labor a desarrollar y la relación con la misión y objetivos de la OEPM y de la UNED.
Tercera.
Actividades.
Las actividades a realizar en el marco de la Cátedra UNED-OEPM sobre Propiedad
Industrial estarán relacionadas con las siguientes disciplinas:
– Investigación.
• Proyectos de I+D+i colaborativa;
• Apoyo a la realización de tesis doctorales mediante aportaciones económicas al
doctorando, a la coordinación universidad-empresa del proyecto, o a doctorados en
materia de propiedad industrial;
• Protección de resultados de investigación.
– Difusión y transferencia de conocimiento.
• Desarrollo de herramientas tecnológicas de promoción de la propiedad industrial;
• Realización de jornadas divulgativas científicas y actividades de promoción y
difusión de la Propiedad Industrial;
• Publicaciones sobre temas de interés de la Cátedra;
• Divulgación de la existencia y actividades de la Cátedra;
• Promoción en eventos científicos y técnicos.
– Formación
• Colaboración en programas de postgrado;
• Apoyo en la realización de proyectos fin de máster y tesis doctorales;
• Colaboración recíproca en programas de formación continua abiertos y/o cerrados
y de empresa. Dicha colaboración se extenderá a la cesión posible de espacios propios
para la celebración de actividades relacionadas. A estos efectos, la OEPM podrá ceder
el uso de sus instalaciones y la UNED aquellas sobre las que tiene capacidad de
disposición;
• Otras actividades que resulten de interés para ambas partes.
Organización y seguimiento.
1. La Dirección de la Cátedra corresponderá a un profesor permanente de la
UNED, Catedrático o habilitado como tal, nombrado por el Rector de la UNED.
2. La Dirección de la Cátedra será la responsable de cumplir los acuerdos entre las
partes, garantizar el rigor e independencia académica de las actividades realizadas y de
la calidad general de todas las actuaciones. Asimismo, será la encargada de disponer
del presupuesto de ingresos y gastos garantizando la transparencia, facilitando el control
y la información a la UNED.
3. Se designará igualmente a un Codirector por parte de la OEPM, mediante
nombramiento realizado por el Presidente de la OEPM, nombramiento que recaerá
necesariamente en la persona que ocupe la Dirección de la OEPM.
4. La Cátedra dispondrá del personal colaborador técnico y administrativo
necesario en función de las actividades y del presupuesto aconseje.
5. A efectos de realizar un seguimiento de las actividades contempladas en el
presente Convenio, las partes firmantes acuerdan crear una Comisión de Seguimiento
como órgano mixto de vigilancia y control, encargado de resolver los problemas de
interpretación y cumplimiento que puedan plantearse, así como de velar por la
cve: BOE-A-2022-18589
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.
Núm. 272
Sábado 12 de noviembre de 2022
Segunda.
Sec. III. Pág. 154791
Ámbito.
La UNED y la OEPM crean la Cátedra para la realización continua de actividades de
investigación, transferencia de conocimiento, divulgación, docencia e innovación en el
ámbito de la Propiedad Industrial, dada su relevancia social, el componente científico de
la labor a desarrollar y la relación con la misión y objetivos de la OEPM y de la UNED.
Tercera.
Actividades.
Las actividades a realizar en el marco de la Cátedra UNED-OEPM sobre Propiedad
Industrial estarán relacionadas con las siguientes disciplinas:
– Investigación.
• Proyectos de I+D+i colaborativa;
• Apoyo a la realización de tesis doctorales mediante aportaciones económicas al
doctorando, a la coordinación universidad-empresa del proyecto, o a doctorados en
materia de propiedad industrial;
• Protección de resultados de investigación.
– Difusión y transferencia de conocimiento.
• Desarrollo de herramientas tecnológicas de promoción de la propiedad industrial;
• Realización de jornadas divulgativas científicas y actividades de promoción y
difusión de la Propiedad Industrial;
• Publicaciones sobre temas de interés de la Cátedra;
• Divulgación de la existencia y actividades de la Cátedra;
• Promoción en eventos científicos y técnicos.
– Formación
• Colaboración en programas de postgrado;
• Apoyo en la realización de proyectos fin de máster y tesis doctorales;
• Colaboración recíproca en programas de formación continua abiertos y/o cerrados
y de empresa. Dicha colaboración se extenderá a la cesión posible de espacios propios
para la celebración de actividades relacionadas. A estos efectos, la OEPM podrá ceder
el uso de sus instalaciones y la UNED aquellas sobre las que tiene capacidad de
disposición;
• Otras actividades que resulten de interés para ambas partes.
Organización y seguimiento.
1. La Dirección de la Cátedra corresponderá a un profesor permanente de la
UNED, Catedrático o habilitado como tal, nombrado por el Rector de la UNED.
2. La Dirección de la Cátedra será la responsable de cumplir los acuerdos entre las
partes, garantizar el rigor e independencia académica de las actividades realizadas y de
la calidad general de todas las actuaciones. Asimismo, será la encargada de disponer
del presupuesto de ingresos y gastos garantizando la transparencia, facilitando el control
y la información a la UNED.
3. Se designará igualmente a un Codirector por parte de la OEPM, mediante
nombramiento realizado por el Presidente de la OEPM, nombramiento que recaerá
necesariamente en la persona que ocupe la Dirección de la OEPM.
4. La Cátedra dispondrá del personal colaborador técnico y administrativo
necesario en función de las actividades y del presupuesto aconseje.
5. A efectos de realizar un seguimiento de las actividades contempladas en el
presente Convenio, las partes firmantes acuerdan crear una Comisión de Seguimiento
como órgano mixto de vigilancia y control, encargado de resolver los problemas de
interpretación y cumplimiento que puedan plantearse, así como de velar por la
cve: BOE-A-2022-18589
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.